Corresponsabilidad en pago de multas, licencias de conducción indefinidas, con refrendación cada 5 años para particulares y cada 3 para servicio público entre otros cambios anunció la Secretaría de Movilidad
A partir de la fecha de sanción de la ley 1383, 16 de marzo de 2010, los conductores que tengan pendiente pagos por infracciones de tránsito podrán acogerse al descuento del 50 por ciento del valor d ela multa y de los intereses.
En el caso de las licencias de conducción, su vigencia será indefinida pero deberá refrendarse cada 5 años. Para el caso las licencias de conducción para vehículos de servicio público, tendrán una vigencia de tres años; para su refrendación se presentará un nuevo examen de aptitud física, mental y de coordinación motriz
Los conductores mayoresde 60 años deberán refrendar su licencia de conducción anualmente demostrando estar aptos física y mentalmente.
A partir de ahora existirá la corresponsabilidad den el pago de las sanciones, por parte del conductor, del dueño del vehículo y de la empresa a la cual esté vinculado.
De igual manera en el caso del incumplimiento de la norma del cambio de los recorrido, trazado de rutas y norma de los paraderos
Se incluye la máxima sanción para infracciones consideradas más graves:
Proveer combustible a vehículos de servicio público con pasajeros a bordo.
Negarse a prestar el servicio si causa justificada
Conducir en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias alucinógenas
Transportar al mismo tiempo personas y sustancias peligrosas: tóxicos, explosivos, material radiactivo o combustibles no autorizados.
Así mismo serán sancionadas las empresas de transporte público que tengan en ejercicio a conductores con licencias suspendidas o canceladas. La multa será de 100 salarios mínimos legales vigentes.
En el caso de la revisión Tecnicomecánica, deberá realizarse cada año y no cada dos como se venía haciendo. Solamente están exceptuados los vehículos particulares con menos de seis años.
Para el caso de las sanciones y descuentos por infracciones, se acaba la duplicidad en el valor de la multa; por el contrario, quienes cancelen antes de 5 días de impuesta la multa recibirán como beneficio el 50 por ciento de descuento; si lo hace dentro de los siguientes 20 días, recibirá un descuento del 75 por ciento del valor de la multa. En ambos casos deberá asistir obligatoriamente al curso en el centro integral de atención
Los comentarios están cerrados.