Con el fin de facilitar y promover la práctica de la afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Bogotá, la Secretaría Distrital de Salud realizará el 7 y 8 de junio una jornada de Afiliación.
Dicha jornada estará dirigida a trabajadores dependientes como las trabajadoras del servicio doméstico y trabajadores independientes como taxistas, artesanos, vendedores ambulantes, tenderos, entre otros con capacidad de pago.
La jornada se realizará en tres lugares de la ciudad de 9:00 a.m. a 4:00 p.m. en jornada continua:
* Centro Comercial Ciudad Tunal calle 47B sur No 24B-33. Plazoleta Cívica
* Centro Comercial La Gran Estación
* Plaza Fundacional de Suba
Trabajador Dependiente
L@s emplead@s del servicio doméstico deben asistir acompañados por su empleador y presentar tres fotocopias de su documento de identidad y tres fotocopias del documento de identidad de su empleador, así como una fotocopia del documento de identificación (Registro Civil, Tarjeta de Identidad o Cédula de Ciudadanía) de cada uno de sus beneficiarios.
El aporte para afiliación en salud equivale al 12.5 % del salario mínimo mensual legal vigente SMMLV $461.500, es decir $57.687 pesos, de los cuales el 8.5 % le corresponde al patrón, $39.227 y el 4% al trabajador del servicio doméstico $ 18.469.
Para pensión, sobre el salario mínimo mensual legal vigente SMMLV, la afiliación es del 16%, $73.840 pesos, de los cuales el 12 % equivalente a $55.380, le corresponden al patrón y el 4% equivalentes a $18.460, le corresponden al empleado. El valor a pagar por riesgos profesionales depende de la profesión que desempeñe el trabajador y lo cubre el patrón en un 100%.
Para un trabajador dependiente, el total de su afiliación a salud, pensión y riesgos profesionales tiene un costo aproximado de 39.429 mensuales lo que quiere decir que está garantizando por 1.315 pesos diarios, la atención en salud para ella y su familia, al igual que asegura una futura pensión y está protegida ante cualquier riesgo en su desempeño laboral.
Trabajador independiente
Los taxistas, artesanos, vendedores, tenderos, obreros y demás trabajadores independientes, deben presentar original y copia de su documento de identidad, así como una fotocopia del documento de identificación (Registro Civil, Tarjeta de Identidad o Cédula de Ciudadanía) de cada uno de sus beneficiarios. Estos trabajadores deben cancelar en su totalidad la afiliación en salud y pensión, teniendo en cuenta su presunción de ingresos.
Por ejemplo, si el sueldo devengado es un salario mínimo, le corresponde el 12.5% para Salud 57.687; y para pensión el 16% 73.840 pesos, para un total de 131.527 pesos mensuales.
Al afiliarse al Régimen Contributivo el usuario tiene DERECHO a incluir como beneficiarios a:
* Cónyuge, compañera(o) permanente, siempre y cuando la unión sea superior a dos años, presentando declaración juramentada del cotizante.
* El recién nacido presentando el registro civil a la EPS, dentro de los treinta días posteriores a su nacimiento.
* Los hijos menores de 18 años, incluso si son adoptivos.
* Los hijos de cualquier edad si tienen incapacidad permanente y dependan económicamente del afiliado.
* Los hijos entre los 18 y 25 años, cuando sean estudiantes de tiempo completo y dependan económicamente del afiliado.
* Los hijos del cónyuge o compañera(o) permanente del afiliado que se encuentren en las situaciones definidas en los numerales 3 y 4.
* Cuando no se tenga cónyuge o compañera(o) permanente o hijos, puede afiliar a los padres que no estén pensionados y dependan económicamente de éste.
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