En una extensa comunicación, enviada a la Corte Suprema de Justicia, el director del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, general en retiro Eduardo Morales Beltrán, desestimó la posibilidad de que la ex representante a la Cámara Yidis Medina pueda ser traslada a su residencia, para que cumpla la condena de 47 meses de prisión que le fue impuesta por el delito de cohecho propio.
«Esta dirección considera que, con fundamento en las normas legales vigentes, no es posible hacer efectiva la orden impartida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia referida (el traslado de Yidis a su casa para que cumpla la detención domiciliaria), por cuanto al momento de darle cumplimiento, sobrevino con fecha del 1º. de julio del 2008 la orden emanada del Fiscal Sexto Especializado de Bucaramanga, que expresamente niega la concesión de libertad provisional, la detención domiciliaria», afirmó Morales Beltrán.
El Director del Inpec agrega que en el caso de Medina Padilla «no le procedería la concesión del beneficio de detención domiciliaria, por cuanto se encuentra procesada por el delito de secuestro (…) y porque además registra ya antecedentes penales que corresponden a los que se derivan de la sentencia condenatoria de la Honorable Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, del 26 de junio del 2008».
Morales Beltran concluye diciendo que «en caso de que el suscrito tomase la decisión de hacer efectiva la orden impartida por la Corte Suprema de Justicia (de trasladar a su casa a Medina), me vería inmerso en conductas reprochables penal y disciplinariamente, teniendo en cuenta la orden impartida por el Fiscal Sexto Especializado».