Aunque la congestión en los despachos judiciales es de vieja data, el paro agravó este problema. Ahora, amparados en el decreto de conmoción interior, el Gobierno entregó facultades para iniciar el proceso de descongestión.
El Gobierno facultó mediante un decreto de conmoción interior al Consejo Superior de la Judicatura para que adopte el «Plan Nacional de Descongestión de la Justicia».
La medida da facultades para reducir inventarios de procesos en los despachos judiciales, así como determinar la clase de expedientes que deberán ser tramitados y fallados de manera preferente por razones de seguridad nacional.
Con base en la congestión de la Rama Judicial a raíz del paro, se expidió el Decreto 3990, que en su Artículo 3 dice que la Sala Administrativa del CSJ determinará las estrategias y mecanismos de descongestión.
Sin embargo, también le entrega facultades para crear, suprimir y trasladar cargos en la Administración de Justicia, es decir que podrá llegar a contratar jueces y personal administrativo para acelerar los procesos atrasados.
La Sala podrá «contratar profesionales expertos en distintas disciplinas y personal auxiliar para cumplir las funciones de apoyo; establecer turnos, jornadas y horarios adicionales de atención al público; y en virtud de los convenios que establezca con las universidades del país, autorizar a los jueces para que vinculen el personal que se requiera como apoyo a los despachos judiciales».
El decreto en su Artículo 4 señala que de existir razones de seguridad nacional, violaciones a los derechos humanos, crímenes de lesa humanidad y asuntos de especial trascendencia social, «las salas especializadas de la Corte Suprema de Justicia; las salas, secciones o subsecciones del Consejo de Estado; la Sala Jurisdiccional del Consejo Superior de la Judicatura o la Corte Constitucional, señalarán la clase de procesos que deberán ser tramitados y fallados preferentemente».
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