Nacional

Damnificados de sismos en Cundinamarca y Meta recibirán subsidios para vivienda

–Subsidios de vivienda desde 11 millones de pesos para compra o construcción de viviendas y desde 7 millones de pesos para mejoramiento y reparación de viviendas, recibirán los daminificados por el sismo del pasado 24 de mayo en Cundinamarca y Meta.

Así lo establece el Decreto 4340 de 2008, el cual autorizó a las cajas de compensación familiar a apropiar el 12 por ciento mensual de los dineros de los Fondos de Vivienda de Interés Social (Fovis) para subsidios de vivienda a los damnificados de menores ingresos.
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El objetivo es agilizar el otorgamiento del subsidio de vivienda de interés social para atender las necesidades de vivienda en las zonas rurales afectadas en estos dos departamentos.
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“Durante los años 2008 y 2009, al finalizar cada mes, las cajas de compensación familiar de Cundinamarca y Meta, y aquellas con jurisdicción nacional que operen en dichos departamentos, apropiarán el 12 por ciento de los dineros de los Fovis, en el componente de vivienda de interés social, para atender a familias afectadas incluidas en los censos reportados de conformidad con lo establecido en las resoluciones de la Dirección de Prevención y Atención de Desastres”, dice el Decreto 4340.

Se consideran beneficiarios los hogares propietarios, poseedores y ocupantes conformados por una o más personas que integren el mismo grupo familiar, que habitaban la zona urbana o rural donde fue declarada la calamidad pública, incluidos en los censos reportados en la Dirección Nacional de Prevención de Desastres y cuyos ingresos familiares sean inferiores a 4 salarios mínimos legales vigentes.

El Decreto también establece que las cajas de compensación familiar serán las responsables del montaje y operación de los procesos de postulación, calificación, asignación y pago de los susidios.

En relación a la cuantía de los subsidios, el Decreto estipula que el valor máximo del subsidio en la modalidad de adquisición de vivienda nueva o construcción en sitio propio, será de 22 salarios mínimos legales vigentes para vivienda urbana (alrededor de 11 millones) y 18 para rural (alrededor de 9 millones).

En la modalidad de mejoramiento, reparación y reforzamiento estructural, el subsidio será de 11,5 salarios mínimos para vivienda urbana (alrededor de 5 millones) y 14 salarios para casas rurales (alrededor de 7 millones).

Con la expedición de este Decreto, se modifican los artículos 1, 3 y 5 del Decreto 3066 de 2008.