Judicial Nacional

Corte Penal Internacional Podra dar condenas de cadena perpetua en Colombia

La Corte Constitucional permitio hoy la ley que permite la entrada en vigencia en Colombia de la Corte Penal Internacional, CPI, en donde los colombianos que lleguen a ser juzgados en esta instancia podrán ser condenados hasta una pena de cadena perpetua.

Así lo dio a conocer el presidente de la Corte Constitucional, magistrado Nilson Pinilla, al informar sobre la constitucionalidad dada a la ley 1268 de 2008, y precisó que los delitos estudiados tienen que ver con hechos de guerra o de lesa humanidad y siempre y cuando la justicia nacional no opere.

Este mismo criterio cobija a la posibilidad de que los delitos puedan prescribir. En el caso colombiano los delitos tienen una vigencia de 20 años antes de que su archivo proceda. Aunque esto continúa igual en Colombia, es claro que para la CPI ningún hecho cometido desde su entrada en vigencia en país (01 noviembre de 2009), podrá prescribir.

“Como se sabe, en la CPI se consagran mecanismos que no están previstos en la legislación colombiana que, inclusive, resultarían inconstitucionales, como la cadena perpetua. A pesar de ello, en la CPI sí proceden”, señaló Pinilla al ejemplificar un caso que pudiera llegar a la Corte Penal Internacional.

“La decisión está relacionada con las reglas de procedimiento y prueba y a los elementos de los crímenes que son sometidos al conocimiento de la Corte Penal Internacional, CPI”, dijo Pinilla al confirmar la constitucionalidad de la norma.

De esta manera, cualquier proceso que llegue al tribunal internacional podrá tener la máxima pena, así las leyes colombianas no lo permitan, todo gracias a la reforma que se dio al artículo 93 de la Constitución Política.