El Consejo de Estado confirmó la multa impuesta contra la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá por 167 millones de pesos, al considerar que o atendió extemporáneamente derechos de petición presentados por varios usuarios.
Según un informe reportado a la Superintendencia Financiera indica que la compañía había interpuesto un acción de nulidad y restablecimiento del derecho en contra de tales Resoluciones, pero tanto el Tribunal Administrativo de Cundinamarca como el Consejo de Estado rechazaron los argumentos de defensa.
La empresa argumentó en su momento la ausencia de culpabilidad, la falta de competencia de la Superintendencia de Servicios Públicos para la imposición de este tipo de multas, al igual que la desproporcionalidad de la sanción y la violación al debido proceso.