Justicia

Destituyen a ex Alcalde de Caldas, Boyacá

Por irregularidades en la contratación la Procuraduría General de la Nación confirmó la sanción de destitución e inhabilidad general por trece años al señor Yamel Roberto Rodríguez Salgado, en su condición de Alcalde del municipio de Caldas, Boyacá, durante el periodo 2004 – 2007.

Al revisar la decisión, la Procuraduría Regional de Boyacá consideró que el ex Alcalde Rodríguez Salgado cometió faltas disciplinarias al violar la normatividad vigente con ocasión de la celebración de distintos contratos de suministro, obras y prestación de servicios.

De acuerdo con el fallo, el ex Alcalde suscribió el contrato 03 de 2006 para la prestación de servicios profesionales afectando un rubro distinto al destinado para el pago de honorarios y omitiendo la obligación de contar con los estudios técnicos, financieros y jurídicos previos a su ejecución.

Además, la orden 014 de 2006 para el suministro de accesorios destinados a garantizar el normal funcionamiento del acueducto urbano del municipio, se celebró sin exigir al contratista las pólizas requeridas por el Estatuto de Contratación.

Frente al contrato de obra 04 de 2006, permitió que el contratista iniciara su ejecución el mismo día en que se suscribió, sin que estuviera aprobada la póliza única de garantía.

Para el Ministerio Público, la declaratoria de urgencia manifiesta en el municipio decretada el 2 de mayo de 2006 se hizo sin acreditar las causales previstas en la ley y sin indicar los hechos que constituían la característica de excepcionalidad e inmediatez para adelantar los procesos de selección de contratistas.

Así mismo, omitió el deber de enviar a la Contraloría General de Boyacá, el día siguiente a la declaratoria de urgencia manifiesta, tal y como lo señala la normatividad, la legalización del contrato de obra pública 004 de 2006 y los demás contratos celebrados, junto con el texto del acto administrativo correspondiente.

Finalmente, concluyó que el señor Rodríguez Salgado eludió el procedimiento de selección objetiva para la ejecución del contrato 003 de 2006 que tenía por objeto la construcción de obras complementarias del pozo profundo en la Vereda Quipe, con lo cual desconoció la normatividad establecida en el Estatuto de Contratación Estatal.

Para la Procuraduría está demostrado que los comportamientos reprochados al entonces Alcalde transgredieron los principios de economía, selección objetiva y responsabilidad que rigen la contratación estatal.

La decisión confirmó la sanción impuesta en primera instancia por la Procuraduría Provincial de Chiquinquirá.