Judicial

Procuraduría abre pliego de cargos contra concejal de Bogotá que invadió carril de Transmilenio

La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos en contra del señor Álvaro Hernán Caicedo, quien para la época de los hechos se desempeñaba como Concejal de Bogotá, porque al parecer cometió irregularidades al conducir por la calzada de Transmilenio con el vehículo oficial asignado a su cargo, violando las normas de tránsito.

De acuerdo con los hechos registrados, el señor Caicedo mientras conducía, presuntamente hacia las instalaciones del Concejo de Bogotá, de manera “irresponsable y temerariamente”, irrumpió la calzada de Transmilenio, a la altura de la calle 8 sur; y manejó por este tramo hasta la calle 17, donde fue detenido un agente de tránsito que le impuso la orden de comparendo No. 14474087.

Según el señor Caicedo, no tenía previsto asistir a las sesiones pero ante la insistencia decidió acudir al llamado que recibió, por lo que “… desafortunadamente había demasiado trancón y sentí la responsabilidad de estar en el Concejo lo más pronto en cuanto fuera posible, y tome la decisión equivocada, no debí haberla tomado, pero consideré este un caso fortuito de mucha urgencia, y me metí por el carril de Transmilenio porque estaba completamente vacío y creo poder llagar más rápido”.

Al respecto, señaló el Ministerio Público que no es viable que un servidor justifique jurídicamente haber cometido una conducta disciplinariamente irregular, en un posible caso fortuito, por cuanto las acciones por él cometidas además de constituir una violación de las normas de tránsito, dejan en evidencia que la actuación del investigado fue temeraria y que potencialmente puso en peligro su propia integridad física y la de otras personas que cotidianamente se movilizan por Transmilenio.

“Condenable y dañina se torna una conducta cuando mayor sea la autoridad o el poder de quienes incurren en ella, no solo por la gravedad de la falta, por la magnitud de los daños causados y por la mayor responsabilidad de quien la comete, sino porque el daño y el mal ejemplo suelen extenderse e implicar a otros”, precisó la Procuraduría.

Teniendo en cuenta que el hecho en mención “está por fuera de todo cause reglamentario y normativo, contrariando expresas normas sobre el modo en que deben comportarse aquellas personas que forman parte activa del tránsito vial, de quienes, como él, cumplen funciones especiales, por tener la calidad de servidores públicos”, se calificó provisionalmente la falta como grave, por cuanto se determinó que obró a título de dolo y que tenía una jerarquía y mandos especiales como Concejal de Bogotá. Además, se tuvo en cuenta la trascendencia social de lo sucedido en atención a la investidura que tenía como servidor público que le demandaba mayor grado de cuidado en su actuar.