El Gobierno nacional expidió un nuevo decreto que les da a las fracciones, boletas o formularios de las loterías en Colombia, la categoría de documentos equivalentes a las facturas de ventas.
Esta nueva categoría aplica para los juegos de suerte y azar que son diferentes a los llamados localizados, es decir, los de casinos y lugares autorizados.
El decreto señala que el documento equivalente a la factura de venta al público deberá contener unos mínimos requisitos para tener validez, como: el nombre o razón social de la empresa responsable del sorteo; la fecha de realización del sorteo; y el valor de la fracción, boleta o apuesta.
Finalmente, el IVA debe estar discriminado, cuando el juego esté gravado con este impuesto.
Si no cumple con todos los requisitos, el documento expedido no será considerado como equivalente.
“Así mismo, tampoco se entenderá cumplido el deber de expedir documento equivalente cuando se omita cualquiera de los requisitos establecidos en el artículo 2° del Decreto 427 de 2004, para los juegos localizados», recalca la nueva norma, expedida en este mes.