Mediante el trámite de conciliación administrativa, la Procuraduría General de la Nación logró el reintegro de dineros al Estado colombiano que fueron entregados a particulares a través de subsidios del programa Agro Ingreso Seguro (AIS).
El Ministerio Público, en cumplimiento de su labor legal, facilitó durante los últimos 3 meses el proceso de construcción de los preacuerdos entre la Nación-Ministerio de Agricultura y algunos beneficiarios de AIS.
Este resultado es una muestra de la dedicada labor que cumplen los agentes del Ministerio Público para preservar el orden jurídico, proteger el patrimonio económico de la Nación y generar credibilidad en la conciliación como mecanismo alternativo para solucionar conflictos.
Términos generales del Acuerdo
1.- Se reintegrará el ciento por ciento del valor total del subsidio económico referido en cada acuerdo de financiamiento.
2.- Las sumas se pagarán mediante la manifestación expresa e irrevocable de los beneficiarios de los subsidios para que los saldos existentes en el ICA y en las Fiduciarias se giren a la Nación; a estas sumas se agregará el valor resultante por la actualización a la fecha en que el Tribunal Administrativo apruebe el acuerdo de conciliación, diferencia que será cancelada de la siguiente manera:
– Un porcentaje de este valor, dentro de los 5 días siguientes a la aprobación del acuerdo de conciliación proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
– El saldo restante en un plazo de 36 meses junto con los intereses remuneratorios que se pagarán en forma vencida al DTF más (5) cinco puntos. Este valor se reintegrará en cinco pagos, el primero de ellos a los doce meses y los cuatro restantes cada seis meses hasta el vencimiento del plazo que se cumple a los 36 meses.
3.- Para garantizar el pago de las obligaciones, los beneficiarios constituirán garantías hipotecarias que cubran un valor equivalente a pagar.
4.- También se acordó una cláusula aceleratoria, consistente en hacer exigible el pago total de las obligaciones que a la fecha estuvieran pendientes, en caso de que el beneficiario del subsidio incumpla.
5.- Los obligados dentro de cada uno de los casos responderán solidariamente por el monto total de la obligación acordada.
Comments are closed.