La Procuraduría General de la Nación indicó su rechazo a la propuesta de enjuiciar a los adolescentes infractores como sí fueran adultos, posición a la que llego el Ministerio Público durante jornada académica del XII Encuentro de Procuradores Judiciales de Familia a esta temática.
En cuanto a la disminución de la edad penal, la Procuraduría indicó que esta medida “no contribuiría a nada distinto que trasladar la problemática del infractor juvenil a una franja etaria inferior. Concebir un Sistema de Justicia Juvenil sin justicia restaurativa y sin la finalidad de la reintegración social para los adolescentes, es cercenar toda posibilidad de eficacia a este Sistema.”
Respecto del juzgamiento de los adolescentes como si fueran adultos, el MNinisterio Publicó explicó que “es una opción que está en contravía de la Convención de los Derechos del Niño, que demanda un tratamiento diferencial para esta población debido a su minoría de edad.”
La Procuraduría considera que se está presentando la seguridad ciudadana como un propósito de ejecución imposible, si al mismo tiempo se propugna por la protección de los derechos de los adolescentes. Esta postura desconoce flagrantemente el Principio del Interés Superior, de exclusiva aplicación del Derecho de Infancia y Adolescencia, que marca una diferencia sustancial con el Derecho Penal y el Sistema de Enjuiciamiento Criminal diseñado para adultos, y desconoce además la protección integral y la prevalencia de los derechos de los menores de edad.
Con similares argumentos se ha presentado como pertinente la aplicación de la sanción penal a los adolescentes tomando en consideración la gravedad del delito cometido, desconociendo que el Código de la Infancia y la Adolescencia impone la adopción de un sistema de sanciones distinto al previsto para los adultos. Para el Ministerio Público, este es un Sistema de Justicia y por lo tanto debe garantizarse su estructura y funcionamiento como tal, donde el competente para hacer seguimiento a las sanciones impuestas a los adolescentes, debe ser un juez especializado en infancia y adolescencia.
La Procuraduría ha advertido en diferentes escenarios institucionales que el proceso penal para adolescentes no se está desarrollando conforme a los principios de la Justicia Restaurativa, y el principio de oportunidad tampoco opera de modo preferente como un mecanismo importante para desarticular los grupos delictivos que reclutan adolescentes. El Ministerio Público advierte que es fundamental privilegiar en todo momento la aplicación de los mecanismos de Justicia Restaurativa.
De otra parte, este órgano de control ha señalado la necesidad de erigir una instancia desde la cual se generen las políticas y se tracen los lineamientos a las autoridades y entidades que conforman el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes porque el Código de la Infancia y la Adolescencia no definió un órgano rector del mismo.
Así mismo la Procuraduría ha reiterado la importancia de asegurar el cumplimiento de los roles de cada uno de los operadores del Sistema, y de adoptar estrategias y políticas de prevención de la delincuencia juvenil porque el documento CONPES 3629 de 14 de diciembre de 2009 se quedó corto en este aspecto sustancial de la política pública establecida para el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.