El estatuto del consumidor pasó a sanción presidencial pasó luego de que la plenaria del Senado aprobara este martes el texto de conciliación que la semana pasada había votado favorablemente la Cámara.
El estatuto busca relaciones más equilibradas entre productores y consumidores. Esta iniciativa recopila las tendencias actuales del derecho del consumo a nivel mundial, adecuadas a la realidad económica y social colombiana. Además, deja a la libre iniciativa empresarial y al libre juego de la oferta y la demanda, la decisión de los empresarios de determinar la calidad que deben tener sus productos.
Los puntos más importantes a tener en cuenta son los siguientes:
Derechos de los consumidores
• El productor debe responder por los defectos de sus artículos que causen lesiones o muerte.
• El vendedor no podrá hacer cambios unilaterales a los contratos, ni condicionar la venta de un producto por la compra de otro, especialmente en el caso que generen costos adicionales. Ni habrá cláusulas que lo permitan.
• El cliente podrá retractarse de una compra hecha a distancia, mediante sistemas de financiación o de tiempos compartidos en los cinco días hábiles siguientes a la compra. En ese caso, le deberán devolver el dinero.
• Los bienes muebles, independientemente de que se paguen por contado o crédito, tendrán el mismo valor.
• El consumidor puede pagar anticipadamente el precio del pago a crédito, sin intereses.
• Cuando el vendedor no tenga cambio exacto, la diferencia será a favor del consumidor. En caso de que esta diferencia sea menor a los 50 pesos, el cambio también será a favor del consumidor y no se podrán hacer donaciones a entidades sin ánimo de lucro.
• Las quejas y reclamos se deberán resolver máximo en tres meses.
Derechos de los usuarios financieros
• Las pequeñas causas entre usuarios y bancos se podrán llevar a la Superfinanciera, por ejemplo, una queja por un cobro inadecuado en un cajero, sin importar el monto.
• Los prestamistas ‘gota a gota’ también tendrán límites en el cobro de intereses. Las autoridades administrativas podrán vigilarlos.
Entidades que protegerán los derechos de los consumidores
• Se crea la Red Nacional de Protección al Consumidor, un ente asesor del gobierno nacional, para la defensa de los derechos de los consumidores.
• Se autoriza la imposición, por parte de las Superintendencias y entes de control, de sanciones y multas a todas las entidades, públicas o privadas, que abusen de los compradores.
• Las Alcaldías deberán recibir en los municipios donde no se encuentren las Superintendencias, las quejas y reclamos a los que hace referencia el estatuto.
El estatuto plantea que la publicidad de productos nocivos no podrá ir en contra de leyes específicas como la antitabaco.
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