La Procuraduría General de la Nación interpuso ante la Corte Suprema de Justicia un recurso de casación para evitar que el empresario barranquillero, Samuel Viñas, sea cobijado con una rebaja de pena dentro del proceso que las autoridades adelantan por el asesinato de su esposa, la diseñadora Clarena Piedad Acosta.
Por el delito, Samuel Viñas fue condenado por el juez Tercero Penal del Circuito a pagar 550 meses de cárcel (45 años y 10 meses), la pena fue apelada por el bogado, asegurando que el empresario actuó bajo locura temporal y motivado por ira e intenso dolor.
Tras el recurso de apelación, el juzgados rebajó la sentencia de 45 a 31 años, por lo que el Ministerio Público consideró que el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, al fallar este caso en segunda instancia, incurrió en un error al desestimar las circunstancias específicas del delito de homicidio, pues se cambió la adecuación típica de la conducta de homicidio agravado a simple.
Según la Procuraduria, en este caso existe una circunstancia específica de agravación contemplada en el Código Penal, según la cual “por haber colocado a la víctima en situación de indefensión, entraña un mayor desvalor de ese comportamiento debiendo responder el homicida ante la sociedad con una pena de 25 a 40 años de prisión”.
El homicidio de Clarena Piedad Acosta se registró en la madrugada de año nuevo de 2010, cuando llevado por los celos el empresario le propinó dos disparos en la cabeza.