Para las elecciones de este domingo la Registraduría Nacional del Estado Civil recomienda a todos los ciudadanos que verifiquen previamente su puesto de votación, madruguen a las urnas para evitar aglomeraciones, lleven la cédula de ciudadanía amarilla con hologramas, marque claramente cada una de las tarjetas electorales y reclamen su certificado.
Siguiendo estos cinco pasos todos los ciudadanos ayudarán a que este domingo 30 de octubre las elecciones de autoridades locales se desarrollen sin contratiempos y todos puedan ejercer su derecho al voto.
1. Verifique su puesto de votación:
Todos los ciudadanos, incluyendo a los que no cambiaron su lugar habitual de votación, deben consultar en la línea 113, en el 01 8000 114454 o en la página Web www.registraduria.gov.co la dirección exacta de su puesto de votación.
Así mismo la Registraduría ubicó 475 puestos de información en centros comerciales y lugares públicos de 28 ciudades para orientar a los sufragantes.
2. Madrugue
Este domingo 30 de octubre las mesas estarán habilitadas entre las 8:00 a.m y las 4:00 pm. Sólo quienes a esa hora al menos ya hayan entregado su cédula al jurado de votación podrán terminar el proceso, mientras que quienes están en las fila no podrán sufragar.
Para evitar filas y teniendo en cuenta el invierno que azota a buena parte del país, la Registraduría recomienda madrugar a las mesas de votación. Por seguridad y por hacer más ágil la jornada electoral se recomienda no llevar menores de edad ni mascotas a los puestos de votación.
3. Lleve la cédula
Por primera vez en una elección en Colombia, la cédula amarilla con hologramas será el único documento válido para ejercer el derecho al voto para elegir autoridades locales el próximo 30 de octubre.
Al llegar a la mesa asignada, los sufragantes deben presentarle al jurado únicamente su cédula de ciudadanía amarilla con hologramas.
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Recuerde que no se permite votar con contraseñas, ni con las cédulas en los formatos anteriores.
Los extranjeros que están habilitados para votar, deben presentar su cédula de ciudadanía de extranjería.
4. Una marcación basta
Con el lema Votar ahora es más fácil, la Registraduría Nacional del Estado Civil adelantó la campaña pedagógica para explicarle a los colombianos cómo usar correctamente las tarjetas electorales este domingo 30 de octubre, día en que los colombianos elegirán a los gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles o miembros de las Juntas Administradoras Locales.
Recuerde que para sufragar por Alcalde y Gobernador debe marcar únicamente la casilla de su candidato o la de voto en blanco. En el caso de Asamblea, Concejo y Juntas Administradoras Locales, basta con que marque el número del candidato si la lista es con voto preferente, o el logo del partido, si la lista es con voto no preferente.
En las mesas de votación hay disponible una guía para que los ciudadanos que la soliciten verifiquen los nombres de los candidatos y el partido y número del candidato de su preferencia.
El voto es nulo en los siguientes casos:
– Cuando la marca o marcas realizadas por el votante no definen claramente su intención de voto.
– Cuando los electores marcan dos o más partidos o movimientos políticos, bien sea en sus logos y/o en la lista de candidatos.
– Cuando los electores marcan un partido o movimiento político y la casilla “voto en blanco”.
– Cuando el elector marca el logo de un partido y el número de un candidato de otro partido o movimiento.
– Cuando el elector marca más de una casilla en el caso de las tarjetas para Alcaldes y Gobernadores.
– Cuando el elector marca una casilla correspondiente a un candidato y el voto en blanco.
5. Reclame el certificado electoral
El ciudadano debe recibir el Certificado Electoral, una vez deposita la tarjeta electoral en la urna, el cual es un documento público expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, que surgió como resultado de la Ley 403 de 1997. Este certificado garantiza al sufragante los siguientes beneficios:
· Prelación en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.
· Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio si son soldados bachilleres o auxiliares bachilleres y dos meses si son soldados campesinos o soldados regulares.
· Beneficios en la adjudicación de becas educativas, de predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto. Un tratamiento similar tendrán en caso de igualdad de puntaje en una lista de elegibles cuando se trate de un empleo de carrera con el Estado.
· Los estudiantes de una institución oficial de educación superior tendrán derecho a un descuento del 10% en el costo de la matrícula, según el artículo 1, de la Ley 815 de 2003, con la cual se agregan nuevos estímulos al sufragante.
· Rebaja del 10% en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez.
· Descuento del 10% del valor a cancelar por concepto de trámite de expedición inicial y renovación del pasado judicial, en el trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar; por duplicados de la cédula de ciudadanía, del segundo duplicado en adelante y a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para sufragar.
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