Bogotá

Más de 4.800 personas se beneficiaron con legalización de barrios en 2011

Son 55 barrios legalizados en el periodo 2008 – 2011 que representan 14,69 hectáreas con 891 lotes de la ciudad, lo que permite a sus 4.811 habitantes acceder a los servicios que ofrece la ciudad formal.

De acuerdo con el Distrito, durante los años 2008-2011 se han legalizado hasta el momento en total 55 barrios, 16 corresponden a la localidad de Rafael Uribe, 12 a San Cristóbal, 7 a la zona de Usaquén, 5 a Suba y Ciudad Bolívar, 4 a Fontibón, 2 a Engativá y Kennedy, 1 a Usme y Bosa respectivamente.

Localidad Desarrollos legalizados

Rafael Uribe Santa Rosita la Cañada

Socorro IV

Gloria Gaitán II

Pradera II

Callejón de Santa Bárbara Sector Mirador Resurrección V Menos

Villa Gladys I

Callejón de Santa Bárbara I

Granjas de San Pablo II

Playón Playita

Marco Fidel Suárez-San Jorge

Socorro- La Industria

Arrayanes

Villa Esther 2

Marco Fidel Suárez – Carmen del Sol

Palermo AltoSan CristóbalEl Manantial

Las Mercedes

Villa Sonia Reservado

Balcón de la Castaña II

Villa Begonia-Los Libertadores

San Blas – Sector Las Mercedes

El Pinar- República del Canadá

San Cristóbal Sur Las Brisas I

Bella Vista Sur Oriental- Parte Alta

Vitelma I

Usaquén San Antonio Norte

Santa Cecilia – I Sector

Verbenal 5

San Juan Bosco – II Sector

Verbenal – III Sector

Tibabita I

Verbenal Sector San Antonio

San Cristóbal I Suba Los Cerezos-San Vicente

Tuna Baja III

Villa Emma

La Aguadita III Sector

Valla Eloisa I

Ciudad BolívarLa Unión Divino Niño

Las Vegas del Potosí

San Luis Altos de Jalisto I

Santa Vivina sector Vista Hermosa

Bella Vista Lucero Alto

Fontibón Belén Batavia

Versalles II

Belén El Edén

La Laguna I

Usme El Uval

EngativáVilla Hilda

San Ignacio II

BosaAntonia Santos I

Kennedy Pinar del Río III

Aristóteles Onasis I

¿Qué hacer para legalizar un barrio?

1- Solicitud y estudio preliminar: el gestor, promotor o propietario del terreno, las juntas de acción comunal, asociaciones cívicas o cualquier entidad distrital puede radicar la solicitud ante la Secretaría de Hábitat o de oficio iniciar el proceso. Allí se adelanta una fase de gestión que permite conformar un expediente urbano de legalización.

2- Estudios técnicos: en esta etapa con base en el expediente de legalización se realiza el estudio urbanístico y se prepara con la información recopilada una propuesta de reglamentación acorde con la situación existente y las normas vigentes.

3- Acto Administrativo: la Secretaría de Planeación expide la Resolución que resuelve el trámite y según sea el caso contempla el reconocimiento, aprobación de planos, normas urbanísticas y acciones de mejoramiento para su inclusión en los programas que adelanta el Distrito Capital para el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes.

¿Qué sectores no se legalizan?

No serán objeto de reconocimiento y reglamentación para usos urbanos, como el de vivienda, aquellos asentamientos o sectores que se localicen en zonas sujetas a amenazas y/o riesgo no susceptibles de recuperar. Igualmente, no serán legalizadas áreas que ocupen la estructura ecológica principal o de afectación de los sistemas generales o aquellos que no se sujeten a la normatividad nacional existente sobre la materia.