Luego de que la Administración Distrital anunciara que la restricción reinicia nuevamente, sin modificaciones, el próximo martes la medida arranca con los numeros 9-0-1-2. El incumplimiento de la norma se sanciona con multa de 283.400 pesos y la inmovilización del vehículo si se encuentra circulando por vías principales.
La medida que regirá de lunes a viernes entre las 6:00 de la mañana y las 8:00 de la noche restringe la circulación de vehículos particulares de la siguiente forma:
Lunes: vehículos con placas terminadas en números 5,6,7 y 8
Martes: vehículos con placas terminadas en números 9,0,1 y 2
Miércoles: vehículos con placas terminadas en números 3,4,5 y 6
Jueves: vehículos con placas terminadas en números 7, 8, 9, y 0
Viernes: vehículos con placas terminadas en números 1,2,3 y 4
La restricción no regirá los sábados y los días festivos, además continúan exentos los vehículos que conforman la caravana presidencial, los que pertenecen a las Fuerzas Militares y Policía Nacional, vehículos pertenecientes al Cuerpo de Bomberos, carros fúnebres, vehículos de personas con discapacidad y cualquier otro dedicado exclusivamente a la atención de emergencias.
La rotación de los números de los vehículos será modificada el próximo 1 de julio de 2012 como está establecido en el decreto 33 del 5 de febrero del 2009 que estableció el pico y placa ampliado.