La Corte Constitucional negó la refutación del procurador General de la Nacional, Alejandro Ordoñez, respecto a la práctica del aborto, al afirmar que se trata de un derecho fundamental que tienen las mujeres.
La Sala Plena del alto tribunal dejó claro que las mujeres solo podrán interrumpir el embarazo en caso de aborto, malformación congénita del feto o riesgo para la salud de la madre o del bebé.
Por está razón, la Corte no accedió a la nulidad que pidió el Procurador ya que ese aborto no pertenecía a ninguna de las excepcionalidades.
Además, señaló que es notorio el desconocimiento que las adolecentes tienen frente al caso del aborto.
Según la ministra de Salud, Beatriz Londoño, el 17 por ciento de las menores entre los 15 y 19 años en Colombia, alguna vez han estado embarazadas y el 14 por ciento ya son madres.
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