La Corte Constitucional determinó que las parejas del mismo sexo podrán heredar en su totalidad los bienes que hubieran sido adquiridos dentro y fuera de la relación.
El tribunal declaró exequible los derechos sucesorales para las parejas homosexuales, lo que quiere decir que se podrán heredad los bienes adquiridos durante la convivencia, sino también los adquiridos a lo largo de la vida.
“Se demanda el vocablo ‘cónyuge’ de manera que se extiendan los derechos consagrados en estas disposiciones al compañero (a) permanente del mismo sexo”, dice la sentencia.
Para la Corporación, en este caso se tiene que demostrar que su relación duró más de dos años.