La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 15 años a los soldados profesionales Jhon Raúl Cano Galeano y Aisnel Gómez Loaiza, por su responsabilidad en la muerte de un campesino, reportado como guerrillero muerto en combate en el años 2005.
De acuerdo con el Ministerio público, los militares, adscritos al grupo mecanizado “Juan del Corral” para el año 2005, privaron de la vida arbitrariamente a un ciudadano en la vereda Cañada Honda, del municipio de San Francisco (Antioquia), en el marco de la operación militar “Ejemplar”.
La Procuraduría estableció que los soldados son los responsables de la muerte del civil acaecida el 31 de agosto de 2005 y según afirmaron, decidieron salir en persecución de éste “porque pensaban que era guerrillero, dispararon a la maleza por donde él se movía”.
Así mismo, en la audiencia de juzgamiento realizada en Santuario (Antioquia), los disciplinados aceptaron haber obrado sin tener certeza de que el civil fuera guerrillero, y afirmaron que su actitud lo convertía en sospechoso de ser “colaborador, miliciano o enlace”.
Dentro de la investigación disciplinaria se absolvió del cargo de homicidio en persona protegida por los hechos ya señalados al teniente Yeffer Sánchez Triana, al cabo tercero Elkin José Martínez Reyes y a los soldados profesionales José Ángel Buriticá Bedoya, Gonzalo de Jesús Posada Ramírez, Geovany Graciano Graciano y José de Jesús Domínguez Domínguez tras comprobar que, si bien integraron la operación militar denominada “Ejemplar”, no participaron en el hecho irregular maniobrando sus armas y en consecuencia no vulneraron su deber funcional.
Contra esta determinación de primera instancia procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria, señaló la Procuraduría General de la Nación.