El Senado de Argentina aprobó la ley de la “muerte digna” que le otorga a los pacientes con cuadros terminales e irreversibles el derecho a rechazar procedimientos para prolongarle la vida que le produzcan sufrimientos.
La decisión fue tomada con base al caso de una niña de tres años que está en estado vegetativo y cuya madre bregó sin tregua en los despachos parlamentarios para que dejen morir a la pequeña.
La ley establece que los enfermos pueden rechazar tratamientos, así como la hidratación, alimentación y reanimación artificial, al tiempo que el profesional médico no será penado por cumplir con esa voluntad.
Además, otorga a los familiares o representantes legales más cercanos la potestad de decidir por el enfermo si el mismo se encuentra inconsciente.
También, el paciente terminal puede firmar las denominadas ‘directivas médicas anticipadas’, con las cuales rechaza o acepta determinados tratamientos que lo mantendría con vida.
De acuerdo a Rosina Pace, cirujana y miembro del Centro de Bioética del Hospital Italiano este “Es una especie de testamento que se pone en práctica una vez que el paciente no puede comunicarse o sufre una pérdida irreversible de conciencia”.
Sin embargo, la ley aclara que no autoriza la eutanasia (muerte inducida), sino que le otorga a los pacientes con cuadros terminales e irreversibles el derecho a rechazar procedimientos para prolongarle la vida que le produzcan sufrimientos.