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Nacional

Procuraduría impugnó medida de aseguramiento del excomisionado de Paz

La Procuraduría General de la Nación impugnó ante la Corte Suprema de Justicia el fallo de tutela proferido por el Tribunal Superior de Bogotá, mediante el cual deja sin efectos la decisión de la juez 45 de garantías que revocaba la orden de captura contra el excomisionado de Paz Luis Carlos Restrepo Ramírez, al considerar que la acción de tutela no procede contra providencias judiciales sino en circunstancias excepcionales que no concurren en el presente caso.

De igual forma el Ministerio Público recurrió ante la Corte el fallo porque la providencia tutelada sí hizo una valoración adecuada de los elementos sobre los que se soportaba la medida de aseguramiento.

Para la Procuraduría, la decisión que revocara la medida cautelar en contra del excomisionado de Paz se soportó en la no demostración de la inferencia razonable de autoría en los hechos, apreciando los medios de conocimiento en una justa y objetiva ponderación, en forma conjunta y no aislada e individual como pretende el Tribunal en el fallo de tutela.

Finalmente, el representante de la sociedad relaciona todas las incongruencias del fallo y concluye que “ninguno de los argumentos de exceso en la competencia tienen la trascendencia que le otorgó el Tribunal, pero si en gracia a discusión se admite que la juez fue más allá de su competencia, ninguna incidencia tuvieron (…) las órdenes, invitaciones, reconsideraciones o recomendaciones en la decisión que tomó de revocar la medida de aseguramiento intramural impuesta”.

Los hechos por los que se adelanta dicho proceso, se refieren a la desmovilización del frente denominado “Cacica la Gaitana” de las FARC, que se produjera en marzo de 2007.