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Cámara aprobó ley Anti-Merlano y revivió chalecos para motociclistas y ciclistas

La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó el proyecto de ley “anti-Merlano”, que hace obligatoria en Colombia la prueba de alcoholemia y establece sanciones como la suspensión de la licencia de conducción o multas hasta de 45 salarios mínimos legales vigentes, para los conductores que se nieguen a hacerse la prueba.

Igualmente, la corporación aprobó un proyecto de ley que revive el uso obligatorio y permanente de chalecos reflectivos para los motociclistas y ciclistas en el territorio nacional.

La nueva ley Anti-Merlano, denominada así extraoficialmente por el senador Eduardo Merlano, quien se negó a aceptar la prueba de alcoholemia cuando conducía, al parecer, en estado de embriaguez en la ciudad de Barranquilla, determina que los conductores que sean sorprendidos en estado de alicoramiento perderán su licencia de conducción por un periodo de entre 5 y 10 años y no tendrá derecho a recibir ningún descuento en el pago del comparendo.

El primer grado de embriaguez, que se configura con el consumo de dos cervezas, implicará la suspensión de la licencia de conducción por un término que va de seis a doce meses.

La ley contempla además que de acuerdo con el grado de embriaguez del conductor, deberá pagar multas superiores a 850 mil pesos.

Las siguientes son las sanciones previstas en la nueva ley contra los conductores borrachos:

Entre 20 y 39 mg de etanol en la sangre – Suspensión de la licencia de conducción entre seis y 12 meses.

Primer Grado

Entre 40 y 99 mg de etanol en la sangre – Suspensión de la licencia de conducción entre 1 año y tres años.

Segundo Grado

Entre 100 y 149 mg de etanol en la sangre – Suspensión de la licencia de conducción entre 3 años y 5 años.

Tercer Grado

De150 mg de etanol en adelante – Suspensión de la licencia de conducción entre 5 años y 10 años.

CHALECOS OBLIGATORIOS

–A propósito del tema, la Plenaria de la Cámara de Representantes también aprobó un proyecto de ley que revive el uso obligatorio y permanente de chalecos reflectivos para los motociclistas y ciclistas.

El proyecto de ley, promovido por el representante conservador por Bogotá, Telésforo Pedraza establece que tal como lo señalaba el Código Nacional de Transporte Terrestre hasta el año 2009, deberá ser de obligatoriedad el uso de chalecos o chaquetas reflectantes, sin distinción de condiciones horarias, a todos los conductores y acompañantes de bicicletas, triciclos, motocicletas, motociclos y mototriciclos.

El congresista dijo que el objetivo de esta norma es reducir la accidentalidad por razones de baja visibilidad que, en ciudades como Bogotá, por las variaciones meteorológicas diarias, constituye un factor esencial en el control de los siniestros.

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