Luego de una labor de 2 meses adelantada por la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras, UAEGRT, en la construcción de un expediente con la información y las pruebas de argumentación relacionadas con los despojos y abandonos forzados de las tierras de víctimas de la zona de Mampuján, la Unidad presentó hoy la primera demanda de restitución de tierras.
Lo hizo ante dos jueces agrarios, en el municipio de Carmen de Bolívar, región de Montes de María, a nombre de 17 ciudadanos que previamente solicitaron la intervención de la entidad, adscrita al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, tanto para surtir el trámite administrativo, como para que las represente en el proceso judicial que debe culminar con la decisión de restituir sus tierras en un marco de reparación integral.
Mampuján es un corregimiento del municipio de María la Baja en los Montes de María, una de las regiones del país más azotadas por la violencia en años recientes, que recibió todos los efectos perversos de su paso macabro: masacres, desapariciones, violaciones sistemáticas de los derechos humanos, y la apropiación de las tierras de sus pobladores por los actores armados y sus redes subrepticias, como botín de guerra.
Hechos que ocasionaron el desplazamiento de todas las personas que habitaban el corregimiento el día 11 de marzo del año 2000, luego de una incursión el día anterior de un grupo de aproximadamente 150 hombres pertenecientes al Bloque Héroes de los Montes de María de las AUC.
Hoy, estas 17 familias, a las que se sumarán en los próximos días otras 31, y luego en forma gradual y progresiva otras cientos y miles en todo el territorio nacional, pueden dar fe del esfuerzo que la Unidad de Restitución ha realizado para cumplir el trámite que legalmente le corresponde.
Fueron cerca de 40 días para la decisión de inclusión en el Registro de Tierras Despojadas en un proceso para el que la Ley establece 60, prorrogables por otros 30, es decir en total 90 días hábiles.
Este esfuerzo es realmente notable, en un país donde la costumbre evidencia precisamente lo contrario: los procesos demoran en tener decisiones de fondo 5, 10 y hasta más veces el tiempo que determinan las normas.
Hoy, estas familias dan fe de que en esta primera etapa el Estado ha cumplido con oportunidad sus expectativas; hoy, estas familias tienen razones para afianzar su credibilidad en las instituciones, y aguardan con mayor solidez el desenlace favorable de sus peticiones.
El trámite se inicia con la definición de las áreas de intervención, teniendo en cuenta la densidad histórica de los despojos y las condiciones de seguridad; en esta fase, la participación del Ministerio de Defensa que conceptúa y además traza estrategias de acompañamiento a los procesos para garantizar su seguridad, ha sido de crucial importancia. Luego, con la intervención del Instituto Geográfico Agustín Codazzi –IGAC-, la Superintendencia de Notariado y Registro –SNR- y sus oficinas de Registro, y las instituciones regionales, se ha obtenido la información predial, familiar y jurídica pertinente para conformar un expediente completo.
La Procuraduría General de la Nación a través de su Delegada para la Restitución de Tierras, ha estado siempre atenta y oportuna en las intervenciones que legalmente le competen, garantizando el respeto por los derechos de los ciudadanos y el debido proceso, atendiendo este escenario transicional.
Importante es resaltar que en materia de legislación sobre este tema sólo existe un tímido antecedente en nuestra historia: en 1959 en respuesta a los despojos de tierras con ocasión la denominada época de la violencia de los años 50, se expidió la Ley 201 que ofrecía la posibilidad de anular negocios realizados en periodos de estado de sitio, cuando existían elementos de inequidad o lesión enorme en su realización; fue un esfuerzo interesante aunque muy parco (solamente 3 artículos) y no se creó la institucionalidad consecuente y adecuada para su implementación, ni se destinaron los recursos necesarios para su ejecución plena, de ahí unos modestos resultados de los que ni siquiera existe registro.
Contrasta esta experiencia con la Ley 1448 de 2011, producto del consenso nacional representado en las 3 ramas del poder público, que halló moral y económicamente necesario pagar la deuda histórica con las comunidades víctimas de tanta violencia especialmente ensañada con nuestra población rural.
Su contenido se dirige a reparar integralmente a las víctimas, y en este contexto la devolución de las tierras despojadas a sus legítimos dueños, poseedores u ocupantes es un compromiso vertebral del Estado y la sociedad.
Esta vez, el texto legal no se ha quedado aislado de la realidad, pues el gobierno nacional apropió los recursos para garantizar su materialización; de igual manera creó la institucionalidad adecuada para ejecutar su contenido; así, nació la UAEGRT para que como instancia del gobierno, busque a las víctimas de despojos de tierras, les recoja sus historias, las complete con argumentos jurídicos y probatorios, para luego acompañarlas ante los jueces de la república especialmente establecidos para atender con exclusividad los reclamos; esta instancia judicial, en la que tiene activa participación la Unidad, decide de fondo bajo criterios de integralidad y cierre definitivo los casos que víctimas y Unidad le entreguen.
Ahora es el momento de los Jueces. Los funcionarios designados para cumplir la trascendental misión de restituir material y jurídicamente las tierras en la segunda fase del trámite, cuentan con probadas calidades éticas y profesionales; han recibido además de la formación básica académica exigida, las capacitaciones de la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla, verdadero oráculo del conocimiento jurídico para quienes están destinados a resolver en derecho, aplicando real y cumplida justicia, todos los conflictos surgidos entre los ciudadanos, y devolver la paz y la equidad cuando se dan abusos, como es el caso de la violencia en los campos y ciudades de Colombia.
“Es hora de saldar esta deuda histórica e insoluta, con oportunidad, como lo viene haciendo el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la Unidad de Restitución de Tierras”, afirmó el ministro de Agricultura, Juan Camilo Restrepo Salazar.
Reiteró que el proceso de restitución no será a la brava, a dedo o arbitrario y que se adelantará en un todo conforme a derecho. Los únicos que deben temer son los despojadores y sus testaferros, subrayó Restrepo Salazar.
Marcelo Alvarez, representante de la MAP-OEA, ratificó el apoyo incondicional de la Organización de Estados Americanos al proceso de restitución. Resaltó que el proceso se esté adelantando de la mano con las comunidades.
El Magistrado de Restitución de Tierras, Néstor Raúl Correa, destacó lo que llamó colaboración armónica entre a rama ejecutiva y judicial para que el proceso de restituir las tierras a las víctimas del del despojo y el abandono, tenga los resultados esperados.
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