El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, SOAT, es un seguro obligatorio para todos los vehículos automotores que transitan por el país.
¿Por qué fue creado el SOAT?
Fue creado mediante la Ley 33 de,.Debido a la cantidad de accidentes de tránsito que anualmente se presentan en nuestro país.
Fue creado con el fin de garantizar los recursos que faciliten la atención integral para las víctimas de accidentes de tránsito, de acuerdo con unas coberturas definidas.
¿De qué ampara?
Ampara los daños corporales causados a las personas en un accidente de tránsito.
Gastos médicos: Atención de urgencias, hospitalización gastos quirúrgicos, farmacéuticos y rehabilitación.
Incapacidad permanente: Necesariamente debe afectar la capacidad laboral.
Muerte de la víctima: Como consecuencia del accidente, siempre que ocurra dentro del año siguiente a la fecha de éste.
Gastos funerarios: Opera como cobertura del gasto y no como reembolso de auxilios cubiertos por planes funerarios.
Gastos de transporte y movilización de victimas.
¿Cuáles son las coberturas y cuantías máximas?
GASTOS MEDICOS: 500 SMDLV**
INCAPACIDAD PERMANENTE: 180 SMDLV
MUERTE: 600 SMDLV
GASTOS FUNERARIOS: 150 SMDLV
GASTOS TRANSPORTE URBANO: 3 SMDLV
GASTOS TRANSPORTE RURAL: 10 SMDLV
¿Quién define la tarifa del SOAT?
Es definida por la Superintendencia Financiera de Colombia
• Las variables que se consideran para determinar la tarifa incluyen: clase de vehículo, cilindraje, modelo, radio de operación, capacidad de carga y de pasajeros.
¿Qué debe presentar si su vehículo viene de otro país?
Certificado de Importación Temporal expedido por la DIAN donde informe el tiempo que va a estar en Colombia.
Se remite a un punto de venta para la expedición del seguro por los días que esté la autorización.
Llevar tarjeta de propiedad del vehículo (original) y cédula del cliente.
¿A quienes cubre el seguro?
En caso de accidente de tránsito, el seguro obligatorio cubre a todas las víctimas:
• Al conductor
• A los ocupantes particulares
• A los pasajeros (vehículos de servicio público)
• A los peatones
En los casos en que no exista seguro o el vehículo no es identificado, el Fondo de Solidaridad y Garantía del sector salud, a través de la subcuenta de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito ECAT, cubre a las víctimas.
¿De cuál sanción se hará acreedor si no lleva el SOAT?
La multa por no contar con el SOAT es de 30 SMDLV* (Salarios Mínimos Legales Vigentes) e inmovilización del vehículo.
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