El fondo de la despenalización de la dosis mínima que notifico ayer la Corte Constitucional, es que si yo le encuentro una dosis personal a alguna persona y si soy diligente, como todas las autoridades en este país, lo puedo llevar a Medicina Legal para que le hagan exámenes científicos y si se descubre y puedo probar que nunca en su vida ha consumido drogas puede ser penalizado por porte de drogas.
Mientras que sí se aprueba que una persona sea adicta se deberá tratar como un enfermo y él puede portar la dosis personal.
Pero aquí cualquier persona de cuello blanco que se está enriqueciendo vendiéndole droga a los niños, muchas veces nunca han cogido ni un cigarrillo. Entonces yo lo envío a Medicina Legal y lo legalizan por porte de estupefacientes.
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