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Conflicto Armado Judicial Nacional Panorama Nacional

En firme orden de captura contra excomisionado de Paz, Luis Carlos Restrepo

Con la decisión de la Juez tercera de Bogotá, quedó en firme la orden de captura internacional contra el excomisionado de paz, Luis Carlos Restrepo, por su presunta participación en la falsa desmovilización del frente Cacica Gaitana de las Farc en 2007. El exfuncionario continúa prófugo desde enero pasado y se desconoce su paradero, por lo que la Policía Internacional, Interpol, fue notificada sobre el requerimiento.

En audiencia realizada el pasado lunes, el juzgador consideró la necesidad de que Restrepo comparezca ante las autoridades colombianas por los delitos de peculado por apropiación, concierto para delinquir, fraude procesal; tráfico, fabricación o porte de armas o municiones de uso exclusivo de las Fuerzas Militares; tráfico, fabricación o porte de armas de fuego. A Restrepo se le suma la conducta de prevaricato por acción.

Según la justicia, el ex Alto Comisionado para la Paz incurrió en cientos de omisiones de su cargo, “puesto que no cumplió con el trabajo de verificar la existencia de la compañía guerrillera ni la voluntad de paz de las personas que a ella pertenecían con el fin de ingresar a un proceso de desmovilización”.

Luis Carlos Restrepo, quien salió del país el 8 de enero de este año, le habría mentido a las autoridades frente a su ausencia en las audiencias judiciales, señaló la juez.

«El excomisionado conocía todo lo relativo a la falsa desmovilización y nunca verificó los hechos, aun cuando tenía el soporte de inteligencia militar para hacerlo», puntualizó.

También indicó, “Restrepo salió del país con rumbo a Nueva York el 8 de enero del 2012. Si bien es cierto como dice la defensora (Mildred Hartmann) que no es obligación asistir a las audiencias sean de garantías o de conocimiento, también es un deber. Tanto así que cuando no se acude a la audiencia de imputación se declara la contumacia. Estas dos situaciones: la salida del país y la declaratoria de contumacia, aunado a no asistir a las audiencia y a que los delitos son bastante graves nos está indicando que nos encontramos ante los requisitos contemplados para dictar la medida de aseguramiento”

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