Desde el 1 de julio y hasta el 18 de agosto,las notarias, consulados y demás autoridades encargadas de expedir el registro civil de defunción han grabado 18.070 registros en el aplicativo web que dispuso la Registraduría Nacional para que este documento sea grabado en tiempo real, en cumplimiento de la Ley Antitrámites.
De los 18.070 registros grabados, 3.097 se realizaron en el primer mes de funcionamiento del aplicativo y 14.973 corresponden a lo que va corrido del mes de agosto.
Por su parte, los hospitales, las funerarias, los parques cementerios y autoridades públicas competentes, han ingresado al aplicativo 5.262 reportes sobre fallecimientos respecto de los cuales han tenido noticia durante este periodo por el ejercicio de sus funciones.
De estos 5.262 reportes, 672 fueron grabados en el mes de julio y 4.590 en lo corrido del mes de agosto.
El Artículo 23 del Decreto 019 del 10 de enero de 2012, que empezó a regir desde el domingo 1 de julio, dice que “La Registraduría Nacional del Estado Civil administrará la base de datos del Registro civil de defunción, la cual se alimentará con la información que remitan las notarías, los consulados, los registradores del estado civil y las demás autoridades encargadas de llevar el registro civil”
Por tal razón, la Registraduría diseñó un formulario con características similares al formato de los registros civiles de defunción, para que las notarías y entidades encargadas del registro civil, por medio de un usuario y una contraseña, accedan a él y graben la información de los registros expedidos con el fin de mantener la base de datos permanentemente actualizada.
Así mismo, el aplicativo permite que las autoridades públicas competentes, los hospitales, las funerarias y los parques cementerios cumplan con la obligación de “reportar la información de fallecimiento respecto a los cuales tengan noticia por ejercicio de sus funciones o con motivo de la prestación de los servicios funerarios”, como lo indica Ley Antitrámites.
El formulario que deben diligenciar está diseñado según las exigencias técnicas que permiten la completa identificación de la persona fallecida; en él se reportan número y tipo de documento de identidad, fecha, hora y lugar de defunción, así como la oficina de registro. Los primeros datos que se solicitan en el formulario son los correspondientes al registro civil de defunción, que deben diligenciar obligatoriamente los parques cementerios y las funerarias.
La información suministrada es verificada y validada por la Dirección Nacional de Registro Civil a fin de efectuar las cancelaciones de cédula de ciudadanía por fallecimiento.