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Bogotá Noticia Extraordinaria

Decisión de que la EAAB opere servicio de aseo debe apegarse a la ley: Procuraduría

La Procuraduría General de la Nación lideró una reunión con la Empresa de Acueducto de Bogotá (EAB) y la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP), en la que recomendó que se estudie una fórmula para que el régimen que se adopte en aras de dar cumplimiento a la orden de la Corte Constitucional de incluir a los recicladores en el proceso.

Respecto de la interpretación que está dando el Distrito al Auto 275 de 2011, emitido por la Corte Constitucional, que le ordena la inclusión de acciones afirmativas a favor de la población de recicladores en el esquema de operación del servicio de aseo, el Ministerio Público recomendó que se estudie una fórmula para que el régimen que se adopte en aras de dar cumplimiento a la orden del Alto Tribunal, se encuentre en el marco de lo dispuesto por la Ley, que establece en principio un régimen de libertad de entrada de los operadores, y como excepción las áreas de servicio exclusivo.

La Procuraduría buscará la fórmula para acudir a la Corte Constitucional con el propósito de precisar algunos aspectos señalados en el Auto 275 y de definir si el modelo presentado por el Distrito cuenta con el aval del Alto Tribunal.

En el marco de su función preventiva, este Organismo de Control liderará en los próximos días mesas de trabajo con la EAB, la UAESP, la Superintendencia de Servicios Públicos, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico y el Ministerio de Vivienda, con el propósito de analizar con mayor detalle la propuesta del Distrito y discutir las observaciones y precisiones de estas entidades, competentes en materia del servicio público domiciliario de aseo.

El Ministerio Público resalta la manifestación de los directivos de la EAAB y la UAESP sobre la voluntad del Distrito para considerar sus decisiones, a la luz de las recomendaciones de la Procuraduría General de la Nación y de las precisiones que surjan en las mesas de trabajo.

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