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Noticia Extraordinaria Panorama Nacional Política

Mamás en gestación con contrato por prestación de servicios no podrán ser despedidas

El Senado de la República aprobó, en segundo debate, el proyecto de Ley 42 de 2011, que dispone el establecimiento del fuero de maternidad en favor de las mujeres vinculadas mediante contrato de prestación de servicios en todo el territorio nacional.

Esta iniciativa aprobada en segundo de cuatro debates pactados por la plenaria del Senado y que ahora quedó en manos de la Cámara, busca que los jefes no puedan romper el vínculo laboral de contrato de prestación de servicios con mujeres que se encuentren en estado de embarazo o en etapa de lactancia.

La senadora del Partido Mira, Alexandra Moreno Piraquive explicó que este proyecto “busca garantizar la estabilidad laboral y evitar que el contratante rompa el vínculo de manera arbitraria y discriminatoria”.

Además señaló que “lo que queremos es que se eleve a rango legal los diferentes pronunciamientos de la Corte Constitucional, que amparan los derechos fundamentales de la mujer en estado de embarazo y del que está por nacer, como lo es el mínimo vital, todo ello a través de la garantía de la estabilidad laboral reforzada”.
Para la Parlamentaria, esto es “un derecho fundamental que se deriva a raíz de la posibilidad de ser discriminada con ocasión de su estado de gestación y que esto implica una garantía real y efectiva” de protección a favor de las trabajadoras en estado de embarazo o de lactancia.
Según la Senadora del Partido Mira, Esta es una forma de garantizar la protección especial, “por lo que el contratante que despida a una mujer en estado de embarazo o de lactancia con contrato de prestación de servicios, deberá renovar el contrato de prestación de servicio”, con un vencimiento del período de lactancia, “o tendrá una pena, de ser condenado, a pagar una indemnización de perjuicios, que en ningún caso podrá ser inferior a la del valor del contrato por dicho término”.
La suma máxima, si llegare a ser condenado el contratante, será tasada teniendo en cuenta los daños que la mujer en estado de embarazo logre probar.