La contralora General de la República, Sandra Morelli, presentó una acción de tutela ante el Tribunal Superior de Cundinamarca, en busca del resarcimiento del daño hecho por las empresas del Grupo Nule al patrimonio del Estado, de manera que se pueda levantar el velo empresarial y perseguir los bienes de los socios de estas organizaciones.
Según la Entidad, este mecanismo se dirige contra el Ministerio de Relaciones Exteriores, Superintendencia de Sociedades, Tribunal Administrativo de Cundinamarca y la Fiscalía General de la Nación.
Morelli pretende que la tutela proteja los derechos fundamentales al acceso a la administración de justicia en conexidad con el deber de cooperación armónica de los poderes públicos del Estado, el debido proceso y la igualdad.
Para el organismo de control, los cálculos del daño al patrimonio causado por el conglomerado de los primos Nule superan los 300 millones de pesos.
– Comunicado de la Contraloría
A pesar de que han sido de conocimiento general no sólo los procesos sino los fallos que consolidan la responsabilidad penal de los señores MANUEL FRANCISCO NULE VELILLA, MIGUEL EDUARDO NULE VELILLA Y GUIDO ALBERTO NULE MARIÑO, por conductas típicas contra el Patrimonio Económico, traducidas en condenas privativas de la libertad, los bienes de los socios (personas y bienes aún indeterminadas) no han podido ser perseguidos para el efectivo resarcimiento del daño al patrimonio público causado al Estado.
Esto se ha dado por cuanto, no obstante la declaración de alrededor de 15 sociedades como un verdadero Grupo Empresarial en control de los señores NULE, las acciones de investigación y de medidas para evitar la elusión de bienes no han podido pasar de los patrimonios ilíquidos de dichas sociedades en virtud de la existencia de la figura jurídica “Velo Empresarial”, que no permite ir más allá de la persona jurídica, dejando sin posibilidad de perseguir bienes de socios. Ninguna de las autoridades accionadas con competencia legal para levantarlo, lo ha hecho.
Estas autoridades, como el Honorable Tribunal de Cundinamarca, han omitido la petición de “levantamiento del velo corporativo” dentro de una Acción Popular instaurada por la Contraloría General de la República – la cual completa dos años sin que se haya pasado de la primera Audiencia de Pacto de Cumplimiento, la cual además no se realizó -. Se ha rechazado sin ninguna motivación, bajo el argumento de no obrar prueba para ello, aun existiendo la facultad para esta autoridad judicial contenida en la Ley 190 de 1995, Estatuto Anticorrupción.
De otro lado, la Contraloría General de la República también inicio procesos ante la Superintendencia de Sociedades, que pese a la evidencia de la situación injustificada del estado patrimonial de las sociedades del Grupo Nule, continúa sin librar la medida de levantamiento de Velo Corporativo, que se deriva de manera expresa de la Ley 1450 de 2011.
La CGR le pidió a la Supersociedades decretar medidas cautelares sobre los bienes de los Nule que se conocen y la respuesta que se le ha dado es que, como requisito previo para ordenar el embargo y secuestro sobre bienes y activos de los NULE, se le fija una caución a la Contraloría por $1.500 millones, cuantía imposible de cubrir por parte del ente de control.
La caución implica la imposición de garantías en dinero, prendaria o bancaria o de compañía de seguros por ese valor ($1.500 millones).
La CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, por su parte, y limitada por las regulaciones legales que fijan su competencia, ha ejercido inútilmente varias acciones judiciales y procedimientos administrativos, esperando que en cumplimiento de las funciones legales las demás autoridades hicieran lo propio.
– Las acciones presentadas por la CGR han sido:
Acción Popular ante el Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera Subsección B., Magistrado Ponente Freddy Hernando Ibarra Martínez.
Dos peticiones en Acciones Revocatorias o de Simulación, ante la Superintendencia de Sociedades Delegatura de Procedimientos Mercantiles.
Acción de Responsabilidad Subsidiaria, ante la Superintendencia de Sociedades Delegatura de Procedimientos Mercantiles.
Ocho Acciones de Constitución de Acreedores Contingentes en proceso liquidatarios, ante los liquidadores designados para las empresas del grupo empresarial NULE.
Denuncia por el presunto delito de Lavado de Activos y solicitud de Extinción de Dominio ante la Fiscalía General de la Nación.
Intervención procesal a fin de reconocimiento como VICTIMA, en el cual la CGR no ha aceptado ningún preacuerdo o principio de oportunidad con los NULE. Es de anotar que la condena irrisoria a sentencia de 7 años y 6 meses, fue revisada en ejercicio del recurso de apelación impulsado por la CGR, que sólo el 14 de junio de 2012 incrementó la pena a 14 años, 11 meses.
Ello, evidencia que el actuar de la CGR ha sido diligente, y ha advertido y reaccionado ante la existencia de decisiones que ponen en riesgo la recuperación del patrimonio del Estado. Por ejemplo, cuando la Superintendencia de Sociedades ordenó la liquidación judicial de las sociedades pertenecientes al Grupo Empresarial NULE, la respuesta de la CGR fue la conformación de un Grupo de Reacción Inmediata y producto de ello, dio curso a 18 procesos de responsabilidad fiscal contra las empresas propiedad del grupo NULE, por hechos constitutivos de daño patrimonial.
Fruto de la revisión, se hizo evidente que el patrimonio de las sociedades era insuficiente para responder por los restablecimientos que los hechos reclaman a favor del erario público, pues el patrimonio que pudiera ser prenda efectiva de las obligaciones se encuentra en cabeza entre otros de los señores NULE VELILLA y NULE MARIÑO y demás personas asociadas, que no han sido identificadas aún. En ese momento, comienza para la CGR el interés de que las autoridades con competencia en el levantamiento del Velo Corporativo, tomen la decisión de hacerlo, y de esta forma conocer quiénes son los demás socios que coadyuvaron a defraudar el Estado, y obligarlos a que respondan.