Hasta el 11 de enero no hay pico y placa para los vehículos particulares en Bogotá, según lo estipulado en el decreto 271 de junio de 2012.
Sin embargo, se mantiene la restricción para los taxis, que para hoy martes rige para los vehículos con placa terminada en: 9 y 0
También sigue el “Pico y placa ambiental” y aplica para placas terminadas en: 9
También rige la restricción para la circulación de los vehículos de carga.
Hasta el 15 de enero, los camiones no podrán circular por la capital de la República entre las 6 de la mañana y las 7:30 de la noche, de lunes a viernes.
De acuerdo con el decreto expedido por el alcalde Gustavo Petro, el transporte de carga superior a 7 toneladas no podrá circular entre las 6 de la mañana y las 7 y 30 de la noche, y los vehículos que lleven combustible y sustancias peligrosas solo podrán transitar entre las 8 de la noche y las 6 de la mañana siguiente.
Así mismo, las mercancías no se podrán cargar ni descargar de lunes a viernes, desde las 6 a.m a las 8:30 a.m. y entre las 3 p.m y las 7:30 p.m. Los sábados la restricción es desde las 11 a. hasta las 4 p.m.