Concluido el proceso de la revisión de las firmas radicadas el pasado 11 de junio ante la Registraduría Municipal de Oporapa, Huila, para promover la revocatoria de mandato de su actual alcalde, la Registraduría Municipal expidió la Resolución 007 del 25 de junio de 2013, en la que resuelve: “Denegar la solicitud de convocatoria a elección de revocatoria del mandato del alcalde Yamid Sterling Sánchez del municipio de Oporapa – Huila”.
Contra esta resolución proceden los recursos de reposición ante el Registrador Municipal de Oporapa y el de apelación ante los Delegados Departamentales del Registrador Nacional en Huila, en los términos de los artículos 74 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
La decisión fue tomada teniendo en cuenta el resultado de la revisión de los apoyos, efectuada por la Dirección de Censo Electoral. De las 1.160 firmas de apoyo radicadas 69 resultaron válidas y las 1.091 restantes fueron anuladas por pertenecer al censo de otro municipio, por no aparecer en el Archivo Nacional de Identificación ANI, por uniprocedencia grafológica o porque el número de cédula no corresponde al de los nombres y apellidos, entre otros.
El mandatario quien ganó las elecciones de 2011 avalado por el Movimiento de Inclusión y Oportunidades, MIO, obtuvo un total de 2.079 votos válidos. Para que la Registraduría convocara a las urnas para decidir sobre la revocatoria de su mandato se requería que las firmas válidas superaran el 40% de la votación obtenida por el alcalde electo. En el municipio de Oporapa, se requerían un total de 831 firmas válidas.