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Ama de casa: Una labor que debe ser indemnizada

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En un fallo emitido por el Consejo de Estado, el Alto Tribunal estableció que aunque las amas de casa no son remuneradas por su labor esta debe reconocerse como trabajo y debe ser indemnizado.

El fallo de la Sección Tercera del Consejo de Estado, establece que la ausencia del ama de casa en un hogar debe ser remplazada por un trabajador pago, que adelante la labores básicas de una casa de familia. Esto luego de una condena contra el Instituto de Seguros Sociales (ISS), institución que deberá pagar más de 250 millones de pesos por su responsabilidad en el diagnóstico equivocado y la prestación ineficiente del servicio de salud a una mujer que posteriormente falleció.

El caso hace referencia a una ama de casa que acudió al ISS por fuertes dolores abdominales. Primero fue diagnosticada con amebiasis y luego dijeron que era gastritis. Su mal estado de salud la llevó a acudir a un médico particular que fue quien le ordenó algunos exámenes que permitieron determinar que padecía un cáncer.

que el pronunciamiento con ponencia del magistrado Jaime Orlando Santofimio Gamboa, indicó que “ante una actividad que no era remunerada a la víctima, pero que para quien la ejerza después de su desaparición deberá serlo, se presume que ese sueldo debe ser el salario mínimo legal mensual vigente”.

El fallo resaltó que ese reconocimiento de trabajo a la labor doméstica, se aplicará cuando hay hombres que cuidan del hogar, o si hay familias conformadas por parejas del mismo sexo.

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