Este lunes se radicó en el Senado la ley para castigar severamente a los conductores ebrios, la norma plantea que quien sea sorprendido será detenido de manera transitoria hasta por 24 horas en las cárceles para conductores, deberá pagar una multa del 25 por ciento del valor comercial del vehículo.
Advirtieron que no se penalizará la sola conducción en estado de embriaguez como delito autónomo.
Si el conductor esta en estado de alicoramiento por segunda vez, la sanción será de una multa equivalente al 50 por ciento del valor comercial del vehículo, el conductor ebrio deberá firmar un acta de compromiso y le será ordenada nuevamente la detención transitoria con la advertencia de no volver a conducir bajo esos efectos.
La Representante del Movimiento Político MIRA, Gloria Stella Díaz, señaló que la tercera vez, los conductores enfrena al decomiso definitivo del vehículo y de manera inmediata se iniciará un proceso penal por fraude a resolución judicial o administrativa, esto por no haber cumplido la orden anteriormente se había impuesto,
En caso de que no se acate la orden se expondrá a una penalización de uno a cuatro años, y se cancelará hasta por 30 años la licencia de conducción.
El Senador Carlos Alberto Baena y Díaz, celebraron que se haya abierto paso a varias de las iniciativas de ley que en materia de conductores ebrios hacen tránsito en el Congreso de la República, incluyendo algunas de las que MIRA viene proponiendo desde el 2006.
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