Consejo de Estado afirma que Petro no podía aplicar por decreto el POT
De acuerdo con un concepto emitido por el Consejo de Estado, el alcalde mayor de Bogotá, Gustavo Petro no podía imponer por decreto la reforma al Plan de Ordenamiento Territorial, POT y con su decisión desconoció las facultades constitucionales y legales del Concejo de la capital.
Concretamente, la Sala de consulta del alto tribunal señaló que el mandatario distrital se saltó las funciones legales del Concejo de la capital.
En el documento, el Consejo de Establece señaló si el Concejo Distrital en primer debate o en plenaria tomó la decisión de no aprobar el proyecto de acuerdo de revisión o modificación del POT, el proyecto debía ser archivado y “en tal caso no resulta conforme a Derecho que el Alcalde Mayor adopte la revisión o modificación del POT por decreto”.
Igualmente advirtió que tras la decision del cabildo, en comisión o en plenaria, de no aprobar el proyecto de acuerdo de una revisión o modificación del POT, el Alcalde no podía adoptar el proyecto por decreto, “pues estaría contrariando y desconociendo las facultades constitucionales y legales del Concejo”.
El concepto del Consejo, que no es de obligatorio cumplimiento, trascendió hoy, pero en realidad fue firmado y emitido el pasado 2 de septiembre por el presidente de la Sala de Consulta, magistrado William Zambraño Cetina, y los consejeros de Estado, Germán Bula, Álvaro Namén, Oscar Alberto Reyes y el magistrado ponente Augusto Hernández Becerra.
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