Bogotá

Corte prohibe a los colegios discrminar estudiantes por su inclinación sexual

Causas-de-la-homosexualidad

Debido a una tutela impuesta por la madre de un menor de 15 años el cual era agredido por sus conductas homosexuales, La corte Constitucional que falló a favor del menor, ha determinado que ninguna institución educativa podrá rechazar estudiantes por su inclinación sexual.

La Corte Constitucional determinó que las instituciones educativas no pueden sancionar a los estudiantes por sus preferencias sexuales.

La decisión surgió luego de la tutela interpuesta por la mamá de un estudiante que era sancionado por su gusto de portar el pelo largo, usar maquillaje y algunas prendas femeninas.

El joven además era constantemente hostigado por las directivas de la institución, además era sometido a castigos que vulneran su derecho a la libre expresión de su sexualidad e incita a la discriminación.

Según el mismo fallo los menores con 15 años ya son autónomos para decidir sobre su inclinación u orientación sexual, la cual debe ser respetada o de lo contrario se atacan los derechos fundamentales del individuo.

Por otro lado, la Corte Constitucional ordenó de inmediato al colegio modificar el manual de convivencia donde el respeto a la diversidad sexual debe ser uno de los valores infundados por la institución.