Tribunal de Santander afirma que licencias de conducción deben sustituirse o renovarse gratuitamente
–El Tribunal Administrativo de Santander determinó que la sustitución de las licencias de conducción o la renovación de las mismas para quienes la tienen categorizada en servicio público, pero la usan para el servicio particular, debe ser gratuita.
La decisión del alto tribunal, en un fallo de segunda instancia, se produjo en desarrollo de una acción de cumplimiento instaurada por el Movimiento MIRA, en un juzgado del municipio santandereano de San Gil.
La representante a la cámara por este movimiento político, Gloria Stella Díaz, señaló que en los próximos días se deberán producir fallos sobre el mismo tema en otras regiones del país, fueron radicadas 71 solicitudes más.
La congrersista explicó que de acuerdo con el fallo, el costo de la sustitución o de renovación de licencias de conducción ordenado por el Ministerio del Transporte, debe asumirlo el Estado y no el ciudadano.
El Tribunal baso su dictamen en una sentencia emitida por la Corte Constitucional en 2006, que afirma que el conductor no debe pagar por decisiones estatales.
Al respecto señala: “La gratuidad por una sola vez de la licencia de conducción está basada en el principio de equidad tributaria, traducida en la imposibilidad de obligar a quienes porten una licencia de conducción a pagar una tasa fundada no en un servicio requerido, sino en la decisión estatal de contar con documentos con mayores niveles de seguridad”.
Aunque el fallo proferido por el tribunal superior solo es aplicable en el municipio del Socorro debido a que la decisión se remitió a esa jurisdicción, abogados y expertos advierten que los efectos serían extensivos al resto del territorio nacional.
“Por efectos de la aplicación del principio de igualdad lo más seguro es que esto se tenga que replicar por todo el país. Porque estamos hablando del cumplimiento de una ley que rige para todos los colombianos y su aplicación no puede ser diferencial”, señaló uno de los juristas, consultados por el diario Vanguardia de Bucaramanga.
Por su parte, la congresista aseguró que “cualquier ciudadano que vaya a hacer el trámite puede alegar que este servicio no se cobra, si lo hacen puede interponer una tutela para que le respeten su derecho”.
El fallo del Tribunal también se refirió al examen médico que expiden los Centros de Reconocimiento de Conductores y señaló que solo los dueños de las licencias que hayan sido expedidas con una antelación mayor a cinco años, deberán practicarse la prueba.
“Este es uno de los pronunciamientos más contundentes, porque con esto se acabará la congestión en estos lugares, y además lograremos que quienes estén dentro de ese rango de tiempo no tengan que pagar para volver a realizarse un examen de estos”, precisó la Representante.
A esto se sumaría el hecho de que a todos los ciudadanos que pagaron por el trámite de su licencia cuando no debían, les debe ser devuelto el dinero.
“El Tribunal no se pronunció específicamente sobre ese punto. Pero si uno hace una lectura de la jurisprudencia, lo que puede entenderse es que la devolución de todos los recursos debe hacerse”, agregó Díaz.
Igual interpretación tuvieron los juristas consultados por esta redacción, quienes coincidieron en decir que si el cobro se hizo desde una premisa que no cumplía con la ley, no hay lugar al mismo
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