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Noticia Extraordinaria Tema del Día

Senado aprobó Código de Extinción de Dominio

bienes-narcos–A sanción presidencial pasará en las próximas horas el Código de Extinción de Dominio, tras ser aprobado en último debate en el Senado de la República, por 58 votos a favor y cero en contra.

La iniciativa tiene como objetivo fundamental hacer más expedito el procedimiento judicial de extinción de dominio para mejorar la lucha contra el crimen organizado.

El coordinador de ponentes, senador Jesús Ignacio García, explicó que el nuevo Código perfecciona la ley de 1996 agilizando los procedimientos que hasta ahora duraban varios años, además de crear nuevos mecanismos como la llamada justicia premial, que otorga beneficios económicos a quienes entreguen bienes del crimen organizado.

«El país ahora sí tendrá una verdadera herramienta para la que justicia pueda actuar de manera ágil y beneficiar a la Nación para que logre adelantar la erradicación de los grupos de delincuencia organizada en todas sus modalidades e incluso contra la corrupción, puesto que el código le otorga mecanismos para actuar ihasta en otros países», señaló el senador García.

Agregó que en la actualidad existen muchos bienes tanto materiales como en valores y dinero efectivo que están congelados por la lentitud en los procesos y la falta de herramientas para que la Fiscalía logre recuperar todos esos recursos que, según el legislador, le serían muy útiles para el país y más para que sean usados de manera adecuada para miles de familias campesinas que reclaman tierras para su desarrollo, entre otros.

Entre tanto el senador Hernán Andrade señaló que «ahora si el Estado podrá recuperar tierras, bienes, dinero y otros elementos que pueden ser usados de manera útil para el país, como también castigar de manera más contundente a los grupos de la delincuencia organizada como los narcotraficantes, delincuentes de cuello blanco y delincuencia organizada entre otros.

«Este es una forma de golpear en donde más le duele a los actores armados y a los corruptos, como es quitarle los bienes que han adquirido de manera fraudulenta», puntualizó el senador conservador.

La iniciativa establece que quien entregue un bien propiedad del crimen organizado, puede obtener hasta el 6% del valor total de dicho bien, dependiendo del nivel de cooperación y de la importancia de la información entregada a las autoridades.

También se establece que las autoridades deben priorizar los bienes a expropiar, eligiendo los que atenten contra la seguridad nacional como dinero, armas y aviones dejando en un segundo plano la incautación de bienes suntuarios como animales, haciendas u obras de arte.

Durante la discusión de la iniciativa, el senador Juan Lozano (Partido de la U), manifestó su apoyo al proyecto por ser de la mayor importancia, frente a la dificultad para extinguir la propiedad de bienes adquiridos ilícitamente. «Los procedimientos que se contemplan permitirán acelerar con más eficacia el propósito de quitarles los dominios a quienes ostentan bienes obtenidos de manera ilícita».

Para el senador Carlos Enrique Soto esta iniciativa alberga la esperanza que si sea la ley que ayude a des entrabar todo este proceso, «que no ha causado sino dificultades y escándalos en este país. Lo que estos bienes han causado son costos a la nación, por su elevando mantenimiento y sostenibilidad, por lo que la mayoría están abandonados».

A su turno el senador Antonio Guerra de la Espriella, manifestó el total respaldo de la bancada de Cambio Radical a esta iniciativa, con el fin de entregarle una herramienta eficaz y más contundente a las instituciones del estado colombiano encargadas de la extinción de dominio.

«Este no es solo un mensaje para los bandidos y corruptos sino para todos los colombianos, para que sepan que ahora existe mayor efectividad a la hora de quitarle los bienes mal habidos, los cuales hoy se encuentran improductivos mayoritariamente en el sector rural y otros aprovechados por terceros».

Principales características del Proyecto

1. Distinción entre la Extinción de Dominio y la Acción de Extinción de Dominio.

2. Conservación de la estructura del proceso bifásico, etapa inicial y etapa de juzgamiento.

3. Reestructuración de la etapa inicial.

4. Conservación de la estructura de juicio.

5. Conservación del procedimiento escrito.

6. Conservación de las facultades de investigación en cabeza de la Fiscalía General.

7. Redefinición de las causales de Extinción de Dominio.

8. Creación de control de legalidad.

9. Fijación de los fines de las medidas cautelares.

10. Fijación de los fines de la fase inicial.

11. Eliminación segunda instancia dentro de la Fiscalía General de la Nación.

12. Resolución de la fijación provisional de la pretensión.

13. Requerimiento al Juez de Extinción de Dominio.

14. Eliminación de la etapa probatoria y alegatos de la Fiscalía General de la Nación.

15. Eliminación del curador ad lítem.

16. Régimen probatorio propio.

17. Acumulación por conexidad y ruptura de la unidad procesal.