La Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Luz Helena Sarmiento y la Directora de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), declararon la emergencia ambiental del proyecto o actividad que desarrolla la empresa Carman International.
“Nosotros tomamos medidas y acciones responsables en materia ambiental y social, por eso hoy declaramos la emergencia ambiental de la actividad que desarrolla la firma Carman Internacional, antes que genere u na catástrofe, producto del desbordamiento del almacenaje de residuos peligrosos” afirmó la Ministra Sarmiento.
“Lo peor que le puede pasar a un proyecto con licencia, permiso o autorización ambiental es que se declare la emergencia ambiental porque eso significa, que la empresa es incapaz de manejarlo”, aseguró la Ministra.
La titular de la cartera de ambiente explicó que “con la declaratoria esperamos poder intervenir de inmediato para poder mitigar este riesgo ambiental”.
Nubia Orozco, directora de ANLA explicó que “la actividad de Carman Internacional pone en riesgo de desastre ambiental toda el área de operación donde desarrolla su actividad”.
Por qué -continuó- luego de hacer la evaluación se observó el inminente riesgo ambiental que existe en la citada empresa por el inadecuado manejo ambiental de los residuos peligrosos presentes y depositados en diez (10) piscinas.
“La decisión de emergencia ambiental como acto administrativo extraordinario se estableció para atender de inmediato la situación del riesgo ambiental presentada en Carman Internacional” afirmó la directora de ANLA.
“La declaratoria de emergencia ambiental busca que el Estado, a través de sus instituciones en atención del riesgo, aporten en la contención preventiva de un desborde de los residuos peligrosos allí. Este mecanismo nos permite activar la gestión del manejo de riesgo de:
· la Gobernación de Bolívar
· la Alcaldía mayor de Cartagena,
· la alcaldía de Turbaná (Bolívar),
· el Director de la Unidad de la Gestión de Riesgos de Desastres
· la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique (Cardique)
A ejecutar las medidas de contención del riesgo que consisten en:
· Adecuación perimetral y construcción de diques o bermas de contención y Zanja de interceptación.
· Recubrimiento de los diques con geomembrana para contener los hidrocarburos y residuos peligrosos contenidos en las piscinas.
· Revisión periódica de la estructura de la Berma por parte de Cardique y la Alcaldía de Cartagena para evitar fugas.
· Garantizar la altura de la contención
· Prohibir el ingreso de nuevos residuos al área del proyecto cuyo cumplimiento lo debe ejercer la Alcaldía de Cartagena y la fuerza pública.