Con la expedición del Decreto 3047 de 2013, los afiliados al sistema de salud y su núcleo familiar pueden cambiar de régimen sin la obligación de cambiar de EPS y sin necesidad de hacer un nuevo proceso de afiliación.
Según el Decreto, las EPS podrán administrar, simultáneamente afiliados de los regímenes contributivo y subsidiado, para lo cual no se requerirá doble habilitación.
«Una EPS que hoy se encuentra habilitada para administrar un régimen específico en un determinado municipio, a partir de la vigencia del presente Decreto automáticamente se considerará habilitada para administrar el otro régimen en dicho municipio”, aseguró el viceministro de Protección Social, Norman Julio Muñoz Muñoz.
Ahora, cuando el afiliado quiera pertenecer al régimen subsidiado en los casos en que esté en el régimen contributivo, pero pierda capacidad de pago, el cambio se hará con base en las normas vigentes y en particular con la clasificación en niveles 1 y 2 del Sisbén (Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales).
El Fosyga, las EPS y los operadores tendrán un plazo de seis (6) meses para ajustarse a lo que ordena el Decreto y garantizar la plena vigencia de la movilidad.
Fuentes: El Meridiano.