El Concejal Antonio Sanguino denunció 11 tipos de violaciones que se están cometiendo en Bogotá, en el proceso de Reclutamiento Militar en torno al servicio militar obligatorio y que desacata la Ley y la jurisprudencia constitucional.
Las ilegalidades van desde el desconocimiento de la sentencia C/87 de la Corte Constitucional, uso inadecuado del término Compeler, retención del documento de identidad, omisión de la condición de estudiante, agresión verbal, transporte de jóvenes en buses intermunicipales por parte de los militares vestidos de civil e incumplimiento de las causales de inhabilidad para prestar servicio militar, entre otras.
El Concejal Sanguino fue claro en señalar que entre 2012, 2013 y lo corrido de 2014 se denunciaron oficialmente la retención ilegal o arbitraria de 349 jóvenes de sectores populares de la ciudad, que posteriormente fueron traslados a otras partes del país.
Para el cabildante de la Alianza Verde, el Presidente Santos debe cumplir con su promesa de campaña de impedir que los hijos de las madres pobres de nuestro país vayan a la guerra, que en concreto significa la eliminación del Servicio Militar Obligatorio, o reglamentar lo concerniente a la Objeción de Conciencia y al Servicio Social Alternativo.
Sanguino advirtió que la práctica de transportar a los jóvenes en buses intermunicipales por parte de militares vestidos de civil, no solo es una infracción al Derecho Internacional Humanitario, sino que además, pone en riesgo la vida de los civiles retenidos y de los demás usuarios del servicio de transporte.
“La campaña presidencial de Juan Manuel Santos se sustentó en generar acciones de paz prometiéndoles a los Colombianos llegar a un acuerdo con las Farc y eliminar el servicio militar obligatorio. Sin embargo, hemos evidenciado que las cuotas de reclutamiento se han incrementado y con ellas, las detenciones arbitrarias”, replicó Sanguino.
El Cabildante de la Alianza Verde dijo que tiene en su poder denuncias de los propios jóvenes, en el sentido, que la Secretaría Distrital de Educación envía cada año al Ejercito Nacional los listados de todos los estudiantes de grado once, incluyendo a los que tienen menos de 17 años para iniciar el proceso de reclutamiento. Situación que está violando la ley 1098 de 2006 “Ley de Infancia y Adolescencia”, por la cual se expidió el Código de la Infancia y la Adolescencia, que en el artículo 20, numeral 7. Derechos de Protección, señala que “Los niños, las niñas y los adolescentes serán protegidos contra el reclutamiento”, puntualizó.
Y fue más allá en sus denuncias. En su Artículo 41, numeral 29. OBLIGACIONES DEL ESTADO. La ley de Infancia y Adolescencia establece que “El Estado es el contexto institucional en el desarrollo integral de los niños, las niñas y los adolescentes. Y en cumplimiento de sus funciones en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal deberá, asegurar que no sean expuestos a ninguna forma de explotación económica o a la mendicidad y abstenerse de utilizarlos en actividades militares, operaciones psicológicas, campañas cívico-militares y similares”.
Por último, Sanguino solicitó que el Distrito, la Personería Distrital y la Procuraduría Nacional deben promover un plan de choque más eficiente de cara a apoyar los procesos de objeción de conciencia y a garantizar el respeto de los Derechos Humanos de los jóvenes vulnerados en la capital del país.