La Sentencia T-565 de 2013, conocida por www.radiosantafe.com , proferida por la Corte Constitucional, precisa que todas las personas tienen derecho a definir su reconocimiento en un género (identidad de género), así como su inclinación afectiva hacia otros (orientación sexual).
Por tanto, ninguna institución, autoridad, organización o persona está autorizada para imponerle a otra una identidad de género porque esto forma parte de los derechos fundamentales individuales.
Lo anterior, obedece a la situación vivida por Grace Kelly, la mujer transgénero que presentó la tutela ante la Corte Constitucional y de muchas otras más, quienes a pesar de reconocerse como mujeres, en su cédula de ciudadanía aparece sexo masculino, razón por la cual deben presentar la libreta militar para celebrar contratos con entidades públicas, ingresar a carrera administrativa, tomar posesión de cargos públicos y obtener grado profesional en cualquier centro de educación superior.
La realización de este conversatorio hace parte de las acciones afirmativas que desarrolla la Secretaría Distrital de Integración Social, encaminadas a superar la discriminación contra esta población. “Es un avance histórico que la Corte Constitucional reconozca a las mujeres transgeneristas como mujeres sujetas de derecho y cabe anotar que la sentencia tiene alcance para todas las personas transgénero de Colombia “, afirmó Juan Carlos Florián.
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