Personalizar preferencias de consentimiento

Utilizamos cookies para ayudarte a navegar de manera eficiente y realizar ciertas funciones. Encontrarás información detallada sobre todas las cookies en cada categoría de consentimiento a continuación.

Las cookies que se clasifican como "Necesarias" se almacenan en tu navegador, ya que son esenciales para habilitar las funcionalidades básicas del sitio.... 

Always Active

Necessary cookies are required to enable the basic features of this site, such as providing secure log-in or adjusting your consent preferences. These cookies do not store any personally identifiable data.

No cookies to display.

Functional cookies help perform certain functionalities like sharing the content of the website on social media platforms, collecting feedback, and other third-party features.

No cookies to display.

Analytical cookies are used to understand how visitors interact with the website. These cookies help provide information on metrics such as the number of visitors, bounce rate, traffic source, etc.

No cookies to display.

Performance cookies are used to understand and analyze the key performance indexes of the website which helps in delivering a better user experience for the visitors.

No cookies to display.

Advertisement cookies are used to provide visitors with customized advertisements based on the pages you visited previously and to analyze the effectiveness of the ad campaigns.

No cookies to display.

Judicial Justicia Noticia Extraordinaria Panorama Nacional Tema del Día ultimahora

Condenan a la Policía por agresión con gas lacrimógeno

esmadEl Consejo de Estado condenó a la Policía Nacional al pago de una multa de 310 millones de pesos, por los daños causados a un profesor que durante el año 2000 salió gravemente herido tras ser impactado con un gas lacromógeno, el docente perdió la vista de uno de sus ojos a causa del exceso de fuerza.

La ponencia del magistrado Danilo Rojas Betancourt, consideró que está probado que la Policía utilizó los gases lacrimógenes disparando directamente contra los protestantes, practica que va en contravía a lo que establecen los manuales para el manejo de armas no letales

La Sección Tercera del Alto Tribunal consideró “los artefactos fueron disparados hacia los manifestantes, lo cual está prohibido”.

A pesar de que la intención del operativo era despejar la carrera 30 de Bogotá que estaba siendo ocupada por los protestantes, en el desarrollo del mismo lesionaron a la docente quien tuvo que permanecer incapacitada por dos meses.

“En la operación adelantada el día de los hechos se hizo uso de las municiones no letales disparándolas hacia la multitud, tal como lo demuestra la misma lesión sufrida por la señora, así como el testimonio de un patrullero, que afirmó que se usaron gases y que incluso uno fue enviado hacia la tarima del evento, donde lógicamente se encontraban la mayoría de los asistentes”, señala la sentencia.

Para los magistrados de la Sección Tercera también se demostró que la lesión causada a la educadora no pudo ser originada por un artefacto diferente a un gas lacrimógeno.

Finalmente, el alto tribunal recordó en su fallo que “cuando un funcionario público se vale de su investidura y ocasiona un daño, el Estado debe responder”.

Por este hecho la condena deberá hacerse efectiva en los próximos días en favor de la afectada y recordó la Corporación que cuando un funcionario público se vale de su investidura y ocasiona un daño el Estado debe responder.

Los comentarios están cerrados.