El Personero de Bogotá, Ricardo María Cañón Prieto, dirigió un oficio al Alcalde Mayor, a quien le corresponde presidir la Comisión de Veeduría de las Curadurías Urbanas, para que esa comisión revise nuevamente la licencia de construcción del proyecto Fontanar del río, pues, según los análisis, el mencionado afecta a la zona área aproximada de 238 metros cuadrados del humedal La Conejera.
“Ellos como comisión técnica presentan un informe y aseguran que está de acuerdo con las normas legales. De ahí, la Personería lo acoge al tener por consideración que la obra está conforme a la ley”, expresó el funcionario.
Cañon señaló que “En esa medida nosotros hacemos una revisión, aplicando la técnica de la georreferenciación y encontramos lo que se ha conocido en estos días, en donde una parte de ese proyecto de construcción, una área de 238 o 250 metros está sobre la zona de reserva y preservación del humedal”.
Una vez terminada la evaluación de la Personería, se concluye que se puede estar ante una omisión en las restricciones de la Zona de Manejo y Preservación Ambiental (ZMPA) del humedal.
“Por eso la Personería le pide al Alcalde que agende el tema, para que éste se someta a discusión y podamos nosotros presentar nuestro informe, y si es el caso, si es que es desvirtuable, que se desvirtué allí”.
La zona de afectación determinada a partir de las coordenadas proporcionadas por la Empresa de Acueducto de Bogotá (EAB) en la disponibilidad de servicio, se superpone sobre cinco parqueaderos (2 privados y tres de visitantes), el salón social y dos áreas de BBQ.
En cuanto a la declaratoria de impedimento anunciada por el Alcalde Mayor de Bogotá, Gustavo Petro, el Personero dijo que, “Ya las consideraciones que tenga el Alcalde para declararse impedido o no, están en la órbita directa de él. Nosotros solo hacemos referencia al área técnica, ya él tendrá sus razones y sus argumentos para considerar si debe apartarse del tema”.
La Comisión de Veeduría había propuesto archivar el caso con base en un informe técnico de la Secretaria de Hábitat. Sin embargo, una verificación posterior por parte de la Personería concluye que se debe revisar mediante georreferenciación la ubicación del proyecto habitacional respecto del humedal.