–En un proceso que no tiene precedentes, un concejal del municipio de Marsella, en el departamento de Risaralda, fue condenado por “racismo”, luego de calificar de “cáncer” de la sociedad a los afrodescendientes, a los indígenas y a los desplazados.
“Siendo sinceros, grupos difíciles de manejar como las negritudes, los desplazados y los indígenas, son un cáncer que tiene el gobierno nacional y mundial…”, afirmó el concejal Fernando Antonio Delgado en una sesión del cabildo de su municipio, el 14 de agosto de 2012, lo cual derivó en una demanda que la víspera falló el juzgado sexto penal de conocimiento de Pereira.
El concejal Delgado, quien no asistió a la audiencia en la cual se produjo la sentencia, fue acusado del delito de hostigamiento por motivos de raza, religión, ideología, política, u origen nacional, étnico o cultural y, atendiendo la petición hecha por la Fiscalía 16 Seccional, el Juzgado dictó fallo condenatorio al dirigente político.
Esta es la primera sentencia y la primera condena que se dicta por racismo en Colombia.
El único antecedente en el país es el del diputado de la Asamblea de Antioquia, Rodrigo Mesa Cadavid, quien en una sesión de la corporación en Medellín el 8 de mayo de 2012 afirmó: “La plata que uno le meta al Chocó es como meterle perfume a un bollo”.
Este funcionario no fue condenado por la justicia pero sí fue castigado disciplinariamente por la Procuraduría General de la Nación, que lo inhabilito cinco meses para ejercer cargos públicos.
Después, Mesa Cadavid, fue destituido e inhabilitado por 13 años para ejercer cargos públicos por haber presentado un falso titulo profesional para llegar a la asamblea de Antioquia.
Mientras tanto, el concejal de Bogotá por el Partido Liberal Jorge Durán Silva salió indemne, tras dar una excusa pública, por su famosa frase sobre “la merienda de negros”, a la cual se le dio una connotación racista.
“No ingresa nadie, funcionario, asesor de los concejales, porque esto se nos está volviendo merienda de negros”, afirmó Durán Suilva en agosto del 2012 en desarrollo de una sesión del cabildo capitalino que él presidía y en la cual se debatía el Plan de Desarrollo para la capital.
“Para ellos una merienda de negros es una fiesta, una recocha. Había desorden en la comisión y a eso me refería. Públicamente presenté excusas por si había ofendido a alguien”, aseguró entonces Durán.
En cuanto al concejal Fernando Antonio Delgado del municipio de Marsella, la pena en su contra será definida en los próximos días. De acuerdo con el Código Penal colombiano, el concejal se expone a una pena de 36 meses de prisión, esto es, 3 años, pero, además, podría perder su investidura política y hacerse a acreedor de una multa que va de diez a quince salarios mínimos mensuales legales vigentes.
En la reforma que se le hizo al Código Penal colombiano se tipificaron los delitos de racismo, discriminación racial y hostigamiento, así:
Racismo: quien mediante actos inequívocos promueva, provoque o incite agresión física y/o verbal, de intolerancia, vejamen, desprecio o cualquier actitud de violencia contra una persona, grupo o comunidad fundando su accionar en motivos raciales o étnicos.
Discriminación racial: quien promueva, provoque, incite o ejecute actos inequívocos de distinción, segregación o restricción arbitraria que tenga por objeto o resultado, consciente o inconsciente, menoscabar o anular el reconocimiento, goce, ejercicio y disfrute de los Derechos Humanos y las libertades fundamentales de una persona o grupo por su condición racial o étnica.
Hostigamiento por motivos de raza, origen nacional, étnico o cultural: quien por motivos de discriminación racial realice o promueva actos o conductas constitutivas de hostigamiento orientados a causar daño físico, psicológico, moral o patrimonial a una persona, grupo o comunidad.