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Ordenan cambiar nombre al monumento más alto del país

monumento-el-santísimo-cambio-nombreTras una acción popular de un ciudadano el cual consideró que se estaban violando los principios de moralidad administrativa y patrimonio público, el Tribunal Administrativo e Santander ordenó a la Gobernación el cambio de nombre.

El monumento fue instalado la semana pasada con el nombre de “El Santísimo” en un ecoparque que se está construyendo en Floridablanca y que ya ha supuesto una inversión de 43 mil millones de pesos.

La Gobernación ha expresado que el nombre no es religioso y que con el proyecto “Ecoparque Cerro del Santísimo” solo se busca incentivar la gestión pública del turismo a nivel regional y nacional.

Así mismo, desde la Gobernación se dijo que el proyecto ha sido sometido a diversos controles de tipo judicial en diferentes instancias, siendo importante resaltar que sobre él ya hubo un pronunciamiento de la Corte Constitucional en la cual se reafirmó que el Ecoparque respetaba el ordenamiento colombiano, así:

“De manera que, para esta Sala la actuación del Gobernador no desconoce el principio de laicidad antes referido, en la medida que el proyecto encargado, más exactamente, la elaboración de una escultura alegórica a un ser superior:

• No está representando a una religión específica ni mucho menos se persigue establecer una religión oficial en la región estableciendo una religión oficial del Estado colombiano.

• No es una invitación a la realización de actos o ritos oficiales de una religión en particular.

• No tiene una finalidad religiosa. Por el contrario, como se evidenció en el contrato, lo que se busca con el proyecto es la promoción del turismo en el Departamento y de la cultura de sus habitantes.

• Finalmente, no se trata de políticas ni planes de desarrollo cuyo fin primordial sea promover, beneficiar o perjudicar a una religión específica. Si bien se trata de una figura alegórica a un ser superior, se deja al arbitrio del observador su interpretación, sin que la misma represente a una deidad en particular.

En este orden de ideas, es claro para esta Sala de Revisión que se trata de una medida con un marcado carácter laico, que en nada afecta la libertad de conciencia, religión y culto de los habitantes del sector ni de los eventuales turistas, que acudan al parque para observar la obra”.

Por el momento, el fallo pide al administrador del Ecoparque abstenerse de realizar actos oficiales y privados además de no inaugurar el lugar hasta que se cumpla con la sentencia.