Este lunes, a partir de las 3 de la tarde, el estudio, debate y aprobación el acto legislativo de Equilibrio de Poderes entra en su recta final en la Comisión Primera del Senado.
De entrada, la construcción de la Comisión de Aforados ocupará la atención de los legisladores de las distintas bancadas con asiento en la comisión de asuntos constitucionales, al que se sumará la apertura de 4 curules que le otorgara el senado a los departamentos que no cuentan hoy, con senadores; entre ellos el departamento del Chocó y San Andrés y Providencia,.
Más adelante, pasará “al tablero” la eliminación del voto preferente y la lista cerrada de los partidos. “El acto legislativo de Equilibrio de Poderes, es un ajuste institucional significativo. Que ha contado con una amplia discusión dentro y fuera del Congreso”, sostuvo el senador Hernán Andrade (partido conservador) coordinador ponente de la iniciativa, que será estudiado en las horas de la tarde de este lunes.
Precisamente, en el marco del quinto debate del proyecto de Reforma al Equilibrio de Poderes que estudia y debate en la Comisión Primera del Senado, fue aprobada la eliminación de la reelección presidencial, la eliminación del Consejo Superior de la Judicatura, el cual será reemplazado por el Consejo de la Rama Judicial, que tendrá como novedad, una junta directiva de la administración judicial y el gerente de la rama judicial.
Además, la comisión de asuntos constitucionales aprobó la prohibición que en adelante tendrían los funcionarios públicos de contratar, postular o nombrar a familiares o personas que hayan intervenido en su postulación para el cargo que ostentan, con el fin de acabar con el ‘yo te elijo, tú me eliges’.
También se prohíbe la reelección de magistrados de todas las cortes y el Consejo Nacional Electoral (CNE), Procurador, Fiscal, Defensor del Pueblo, Contralor, Auditor y Registrador.
Aún faltan artículos por ser votados por lo que la sesión se retomara su estudio para terminar su aprobación y que el proyecto pueda pasar a la Plenaria del Senado de la República.
Adicionalmente, se aprobó establecer la prohibición que en adelante tendrían los funcionarios públicos de contratar, postular o nombrar a familiares o personas que hayan intervenido en su postulación para el cargo que ostentan, con el fin de acabar m con el ‘yo te elijo, tú me eliges’.
En materia política, la Comisión Primera del Senado abordará s temas como el aumento de la “silla vacía” contra los delitos dolosos hacia la Administración Pública aplicable desde la vigencia de este Acto Legislativo.
A su vez, de los requisitos que deben cumplir los senadores regionales y si es factible la aprobación para que se haga la elección de un representante por la comunidad del raizal de San Andrés y Providencia y Santa Catalina, y uno por la circunscripción internacional.
En materia judicial, tendrán la labor de estudiar la aprobación del resto de incisos del artículo 9 que toca el tema de la Comisión de Aforados, que es el órgano que reemplazará la Comisión de Acusación de la Cámara y se integrará por cinco magistrados de la Corte Suprema de Justicia, quienes deben cumplir con requisitos tales como 20 años de carrera profesional en derecho y dictar cátedras en universidades del país.
Sin embargo, pese a que el artículo 9 podría ser uno de los más polémicos, el artículo 26 que modifica las funciones de la Procuraduría General de la Nación es el que más puya causa, ya que analizarían si aprueban o no que el Procurador deba ejercer vigilancia de la conducta oficial de los funcionarios públicos, incluyendo los de elección popular, excepto a los congresistas a partir del 20 de julio de 2018.
También se definirá si el Procurador General de la Nación deba ser elegido por el Senado de la República, con terna enviada por el Presidente de la República a partir del 7 de agosto de 2018.
Lo aprobado
Uno de los artículos aprobados a que más causó polémica, fue el que prohíbe la reelección del Presidente de la República, la cual desde ahora sólo podrá ser reformada por Referendo o Asamblea Constituyente.
Por su parte, el Contralor General de la República, será elegido por el Congreso en pleno, de lista de elegibles conformada por convocatoria pública, a su vez solo el Congreso proveerá las faltas temporales y definitivas del cargo.
Para los contralores departamentales, distritales o municipales, la Comisión Primera del Senado aprobó que éstos sean elegidos mediante convocatoria pública y no puedan ser reelegidos en sus cargos.
Otro de los artículos aprobados del eje político, es el que le da funciones autónomas al Defensor del Pueblo, más no puede ser reelegido en su cargo. Adicionalmente, la ley determinará la organización y funcionamiento de esta entidad, como ente autónomo administrativo y presupuestalmente.
En cuanto al eje judicial que trata el debate de la Reforma de Equilibrio de Poderes, la Comisión Primera del Senado, aprobó dentro del tema de la Comisión de Aforados, los incisos 1 y 2 que señalan que magistrados y Fiscal General de la Nación serán responsables por cualquier falta o delito cometido en el ejercicio de sus funciones.
Adicionalmente, no podrá exigírseles responsabilidad por los votos u opiniones emitidos en las providencias judiciales. En cuanto al inciso dos, se aprobó que la Comisión de Aforados pueda suspender preventivamente a los investigados mientras adelanta el proceso.
Otro de los articulados aprobados por la Comisión en el eje judicial, fue la inhabilidad de nominación y contratación de los servidores públicos, a excepción de los nombramientos basados en normas vigentes de ingreso o ascenso por méritos. Es así, como la elección de estos funcionarios corresponde a una convocatoria pública, que prohíbe la puerta giratoria.
Entre los temas que alcanzó un “climax” en la sesión de la Comisión Primera del Senado y duramente discutido por los legisladores, estuvo el artículo 6, que le dio el mismo fuero jurídico del Presidente de la República, al Vicepresidente y miembros de la Comisión de Aforados.
En el marco del quinto debate de la Reforma de Equilibrio de Poderes, también se aprobó las atribuciones de la Cámara de Representantes, las cuales les permiten acusar ante el Senado al Presidente de la República o quien haga sus veces, Vicepresidente de la República y miembros de la Comisión de Aforados.
Finalmente, se aprobó que la elección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado sea por intermedio de concurso de méritos por oposición.
Por último fueron aprobados los tres niveles de la Comisión Nacional de Gobierno y Administración Judicial, los cuales son: el Consejo de Gobierno Judicial; la Junta Ejecutiva de Administración Judicial y la Gerencia de la Rama Judicial y Dirección de la Magistratura.