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Procuraduría pide a Minsalud no expedir resolución que permite el derecho a morir con dignidad

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La Procuraduría General de la Nación le advirtió al Ministerio de Salud y Protección Social que de expedir la resolución “por medio de la cual se da cumplimiento a la orden cuarta de la Sentencia T-970 de 2014 de la Honorable Corte Constitucional en relación con las directrices para la organización y funcionamiento de los Comités para hacer efectivo el derecho a morir con dignidad”, esa entidad estaría actuando por fuera de sus competencias, puesto que la imposición de límites al derecho a la vida y obligaciones a los médicos con respecto a ello, es una materia que corresponde exclusivamente al legislador estatutario.

En oficio dirigido al ministro Alejandro Gaviria Uribe, este organismo de control señaló que ya el Consejo de Estado (citando la Sentencia del 23 de mayo de 2013) se ha pronunciado sobre la incompetencia del Ejecutivo para actuar por fuera de las competencias que la ley y la Constitución le han otorgado argumentando una orden de la Corte Constitucional, e indicó que también esa corporación ha sostenido que la potestad reglamentaria, incluso en cabeza del presidente de la Republica, tiene límites constitucionales y legales.

“La Procuraduría General de la Nación, comprende la voluntad del Ministerio para cumplir con las decisiones judiciales, pero es necesario advertir que en este caso se está ante una orden que, además de provenir de una sentencia cuya nulidad está siendo discutida, exige a la cartera que usted dirige que actúe por fuera de sus competencias legales y constitucionales y en abierta contradicción del mandato constitucional de que este tipo de asuntos sean regulados por el legislador estatutario”, se expresa en un aparte de la comunicación.

Este organismo de control recuerda además que contra la Sentencia T-970 de 2014 cursa un incidente de nulidad formulado por el procurador general de la Nación y una solicitud de aclaración formulada por una Universidad, que aún no han sido resueltas por la Corte Constitucional. La solicitud de nulidad de dicha decisión judicial está fundada en la violación del debido proceso, en el desconocimiento de la reserva de ley estatutaria y la cosa juzgada constitucional.

Por lo anteriormente expuesto, la Procuraduría General de la Nación le solicitó al ministro abstenerse de expedir la resolución, y precisar a la Corte Constitucional qué se encuentra y qué no dentro de sus competencias constitucionales y legales con relación a esta temática.

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