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Senado aprobó 80% de la Reforma de Equilibrio de Poderes

MININTERIOR-GRAFICO PODERES 3–Ambientada por una controversia en torno a un supuesto cabildeo o lobby de la Fiscalía para tumbar un artículo que perjudicaba al jefe del organismo investigador, la plenaria del Senado de la República aprobó la víspera un 80 por ciento del proyecto de Reforma de Equilibrio de Poderes y este miércoles votará el resto de artículos que falta.

El ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, celebró el hecho y resaltó el trabajo de los senadores que, dijo, “ha sido ejemplar”, incluso el de los de la bancada del partido de oposición Centro Democrático, quienes, advirtió, “pese a que no están de acuerdo con parte de la reforma plantean alternativas”.

La iniciativa del Equilibrio de Poderes está así por concluir el sexto de los ocho debates reglamentarios para convertirse en norma constitucional.

El proyecto, que fue radicado el 3 de septiembre de 2014 en la Secretaría del Senado por los ministros del Interior y de Justicia, recibió su inicial aprobación en la comisión primera el 25 de septiembre del 2014, tras tres dias consecutivos de debate.

La reforma está dirigida a cambiar varios artículos de la Constitución Política para abordar en forma integral un ajuste institucional cuyo propósito fundamental es, según la parte motiva, el fortalecimiento de la democracia y del sistema político, asegurar la representación de todos los territorios en el Senado, fortalecer los partidos, hacer mas transparente el proceso electoral y asegurar el cabal funcionamiento de la Rama Judicial.

Entre el articulado aprobado hasta ahora por la plenaria del Senado se destacan los siguientes:

-La eliminación de la reelección del Presidente de la República, del Defensor del Pueblo, del Registrador, del Fiscal, del Contralor General y de los magistrados.

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-Eliminación de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes y creación de la Comisión de Aforados que incluye a los magistrados de altas Cortes, Fiscal, Procurador, Defensor y Contralor, quienes serán investigados por acciones en su cargo.

La Comisión de Aforados investigará y presentará acusación ante el Congreso en pleno si es por indignidad política, si es por un delito la Comisión enviará la acusación a la Corte Suprema. La Comisión de Acusaciones tendrá un año para la respectiva transitoriedad.

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-La eliminación del Consejo Superior de la Judicatura y la creación de la Comisión Nacional de Gobierno y Administración Judicial con sus tres niveles: Consejo de Gobierno Judicial, Junta Ejecutiva de Administración Judicial y Gerencia de la Rama Judicial – Dirección de Magistratura.

-La ampliación de la sanción de la ‘silla vacía’ para los miembros de corporaciones públicas condenados por delitos contra la administración pública, esto es, por corrupción.

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-La prohibición del “yo me elijo y tú me eliges” y el fin de la llamada “puerta giratoria” entre magistrados de altas cortes y también de los órganismos de control, opues los servidores públicos no podrán contratar, postular o nombrar a familiares o personas que hayan intervenido en su postulación para el cargo.

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-La asignación de curules en Senado, Cámara de Representantes, asambleas y concejos para los candidatos que obtengan la segunda mayor votación en las elecciones a Presidencia, Vicepresidencia, gobernaciones y alcaldías, respectivamente.

-La obligación de que toda elección en corporaciones públicas tenga previamente una convocatoria pública para asegurar control social y procedimientos que garanticen la transparencia en la elección a través de la meritocracia y la equidad de género.

-El aumento de los requisitos, calidades y condiciones para la elección de magistrados de las Cortes. Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado serán elegidos por la respectiva corporación mediante concurso de méritos público.

-La ampliación de 2 a 5 años la inhabilidad a los magistrados para litigar ante la misma corporación, de la cual hicieron parte.

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Además, en la reforma se adoptan otras medidas, como las siguientes:

La Corte Constitucional dirimirá los conflictos de competencias entre las distintas jurisdicciones.

Los Contralores departamentales, distritales y municipales serán elegidos por asambleas y concejos, según el caso, tras concurso público y no podrán ser reelegidos.

El Defensor del Pueblo será elegido por cuatro años por la Cámara de Representantes de terna del Presidente y no podrá ser reelegido.

Los artículos pendientes cuya aprobación se define este miércoles, son los siguientes:

-Senado regional para departamentos menos poblados del país

-Eliminación del voto preferente

-Fuero político del Presidente y Vicepresidente